18 de abril de 2013

Buques paraguayos navegando en aguas argentinas.



Comentarios: Buques paraguayos navegando en territorio nacional.

La falta de noticias respecto a la marcha del trámite del decreto modificando el Reglamento de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre, REGINAVE, para eliminar el privilegio que otorga el Capítulo 4 del Título 4 de esa norma a los buques de bandera paraguaya -navegar por nuestras aguas sin embarcar “práctico argentino”- generó en la conducción una profunda preocupación.-

Pasados nueve (9) meses de la tragedia del B/A “RÍO TURBIO” que costara la vida de siete (7) trabajadores marítimos, entre ellos de la de nuestro Compañero Felipe Aguirre, luego de múltiples reuniones en distintas áreas del Poder Ejecutivo, las soluciones no aparecen.-


La preocupación, común a los distintos sectores del que hacer fluvial, motivó que nuestro Sindicato, conjuntamente con el Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, de Pesca y de Cabotaje Marítimo, cursara una nota (su texto completo puede leerse en esta misma página) al Subsecretario del área Ing. Horacio Tettamanti, solicitando informara “…a la mayor brevedad, cuál es el estado de tramitación del proyecto de decreto eliminando el Capítulo 4 del REGINAVE.”.-

Se manifestó en la misma que dado que la situación de inseguridad de la navegación en los ríos se mantiene y que debe darse una respuesta a las familias de los trabajadores absurdamente fallecidos, resulta perentorio conocer el estado de tramitación del proyecto modificatorio del REGINAVE.

Pasadas tres (3) semanas de la presentación, y cuando ya se había decidido recurrir en búsqueda de una respuesta a una instancia superior -el Ministro de Interior y Transporte-, se recibió en nuestro Sindicato la respuesta de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables a nuestra inquietud, en la que se nos da cuenta que el proyecto en cuestión fue reformulado “…siguiendo las observaciones formuladas por la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIOS DEL INTERIOS Y TRANSPORTE…” (Dictamen Nº 5357).-

La respuesta del área iniciadora del proyecto de decreto modificatorio, motivó que le solicitáramos -para ponerlo en conocimiento de los afiliados- el nuevo texto (reformulado), el que nos fue entregado por el propio Subsecretario en una reunión a la que también asistieron los demás gremios integrantes de la Federación Marítima y Portuaria, FEMPINRA.-

El texto reformulado ya no habla de derogar el Capítulo 4 mencionado, sino de suspender su vigencia por el plazo de ciento ochenta (180) días, plazo durante el cual “…se elaborará un nuevo articulado que reemplazará dicho marco normativo.”.- 

Como seguramente en el ámbito de la SS de Puertos y Vías Navegables se conformará un grupo de trabajo que redactará el nuevo texto, se solicitó al responsable de la misma que se integre al mismo una representación de nuestro Sindicato. Ello, con el objetivo de aportar nuestra experiencia en la materia y, a la vez, fundamentar nuestra petición que en lo sucesivo deberá embarcarse en los buques extranjeros algún oficial de máquinas que actúe como “garantía” del cumplimiento integral de la legislación nacional e internacional dictada para prevenir la contaminación de las aguas. La seguridad ambiental es un tema que NO debe dejarse de lado al dictarse la nueva normativa.

También en la reunión aludida, se nos informó que el expediente con el proyecto de decreto se encuentra actualmente en la Secretaría de Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación, última etapa antes de su firma.

A partir de esa información, hemos iniciado los trámites para gestionar una audiencia en ese ámbito para ilustrar a los funcionarios sobre la necesidad y conveniencia de actuar con rapidez porque, como lo hemos dicho en reiteradas oportunidades, se encuentra en juego la vida de los trabajadores marítimos y la preservación del medio ambiente fluvial.

Texto bajado de la página de SICONARA: Se sugiere entrar en la misma para ver la documentación original.

Enlace: http://siconara.org.ar/index.php


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