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8 de octubre de 2023

Cosechas robadas

Empresas del agronegocio evaden millones de dólares vía Uruguay

Introducción: Hay ciudadanos que sostienen que gran parte de los problemas de los argentinos son los planeros.

La nota que se reproduce a continuación indica que hay otros que si producen un verdadero impacto negativo en la economía:

Son los grandes agroexportadores por los impuestos que dejan de pagar y lo demuestra la investigación de: 


“… los investigadores del Conicet Alejandro Gaggero y Gustavo Zanotti estudiaron los datos contables de una docena de empresas cerealeras y aceiteras, nacionales y multinacionales, que tienen empresas en Uruguay, donde declararon ganancias por 3.954 millones de dólares entre 2017 y 2021, por producciones que no tocaron suelo uruguayo…”

 

Sinceramente alcanza con que tengan paciencia de leer la nota hasta el final, que por cierto es largo, pero lo es en la medida que es un tema complejo. Tanto es el desconocimiento que algunas personas salen a defender públicamente a esos agroexportadores, pidiendo que los productores o multinacionales no paguen retenciones, cuando pertenecen a los sectores que pagan impuestos insignificantes y no es un consuelo saber que es un problema a nivel mundial. Grupos económicos que además cuando venden en el País, lo hacen a precio dólar.

 

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Empresas del agronegocio evaden millones de dólares vía Uruguay

septiembre 29, 2023

 

Las empresas exportadoras del agro eluden miles de millones de dólares de impuestos vía Uruguay. Así lo confirma, con números precisos, una investigación de Alejandro Gaggero y Gustavo Zanotti. La maniobra, que desfinancia al Estado, involucra a las compañías Cargill, Bunge, Nidera, Cofco, ADM, Monsanto, Viterra, Syngenta, Vicentin, Molinos, Aceitera General Deheza (AGD), Adecoagro y ACA.

 


Foto: Matías Sarlo.

Las exportadoras cargan los barcos en la Argentina pero facturan donde más se les facilita la evasión.

 

“El sector que más divisas ingresa al país: casi el 50% del total de sus exportaciones”, sostiene —escrito en inglés— el Centro de Exportadores de Cereales en su página web. El dato privado se puede contrastar con el último informe de Comercio Exterior del Indec: en agosto pasado, la exportación de productos primarios y las de manufacturas de origen agropecuario representaron el 60% del total, con gran protagonismo de granos, aceites y harinas. Pero ¿las ganancias de esas exportaciones quedan todas en la Argentina? En el informe “Cruzar fronteras para cosechar ganancias”, los investigadores del CONICET Alejandro Gaggero y Gustavo Zanotti estudiaron los datos contables de una docena de empresas cerealeras y aceiteras, nacionales y multinacionales, que tienen empresas en Uruguay, donde declararon ganancias por 3.954 millones de dólares entre 2017 y 2021, por producciones que no tocaron suelo uruguayo. En el caso de las firmas uruguayas pertenecientes a empresas argentinas del agronegocio, el 40% del total de su facturación lo hicieron en el país vecino.

 

24 de febrero de 2016

Impuesto a las ganancias en la relación laboral



Comentarios. Un aporte mas y actualizado del impuesto a las ganancias.

En este caso bajado de la página derechoenzapatillas.org

Una de las cosas interesantes de esta nota es que explica cada uno de los rubros que se pueden incluir para deducir el impuesto.

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Sergio | El 02, Nov 2014
Actualizado al 23 de febrero de 2016. Algunos consejos prácticos para no pagar Impuesto a las Ganancias de más en el marco de una relación laboral, porque repetirlo suele ser engorroso. Aparte, una reciente decisión de la AFIP abre las puertas para aquellos a quienes se les ha retenido en el marco de un acuerdo laboral de desvinculación voluntaria. Más abajo también podéis leer el nuevo decreto y una sencilla forma de calcular el impuesto a las ganancias a pagar. Veamos algunos casos.

A río revuelto, ganancia de la AFIP

23 de febrero de 2016

Efectos y temas pendientes del anuncio sobre Ganancias



Comentarios. En este blog publicamos varias notas sobre este tema.


En este caso y a partir de una Nota del diario La Nación (muy bien explicado) acompañamos con un gráfico como ayuda adicional.


Quizás convenga reiterar que un sector importante que no venia pagando ganancias, ahora van a pasar a pagar y eso incluye a jubilados y en menor cantidad las escalas más altas van a pagar menos.


Como recuerda la periodista, la escala vigente desde el año 2000 se pretende modificar a partir del 2017.


En cuanto a esa posible modificación, si no se hubiese eliminado el impuesto al sector minero, bien podría haberse eliminado ahora el impuesto a las ganancias.


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Cómo se aplicará y qué implica el nuevo esquema; las reformas que aún están pendientes

Silvia Stang
LA NACION
Domingo 21 de febrero de 2016


18 de abril de 2015

Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales y declaraciones juradas en las compra de dólares “ahorro”

          Comentarios, recibimos una colaboración de un tema que siempre está haciendo ruido.

        Este viernes 17 de abril venció el plazo de presentación para Personas físicas que NO tengan participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en el mes de Diciembre de 2014.

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                                             Imagen de iprofesional                                                                              

                                                                               Daniela Burcaicea
Durante el año pasado, el Gobierno flexibilizó el “cepo cambiario”, permitiendo a los ciudadanos tener la posibilidad de comprar dólares al tipo de cambio oficial.

En efecto, y tal como surgen de los informes que elabora la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en 2014 se efectivizaron más de 4.600.000 operaciones que movilizaron casi $ 25.000 millones.


26 de junio de 2014

Obligación de presentar Declaración Jurada vía WEB por Impuesto a las Ganancias.

Comentarios: Por tercera vez reproducimos un mismo artículo, dado que continuamente nos encontramos con tripulantes que no hicieron su presentación del Formulario 572 ante la AFIP.

La no presentación significa que a uno lo consideran soltero y sin ninguna carga que pueda disminuir el ganancial a efectos de los descuentos.

Hasta 2012 la presentación era escrita y a veces si no se presentaba, algunas empresas utilizaban la del año anterior y asunto resuelto. Eso ya no es posible, la única forma es a través de la web.

Sería de gran ayuda que cada tripulante lo comente en su ámbito de trabajo.

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Será obligatorio para aquellos trabajadores en relación de dependencia que durante 2012 hayan percibido una remuneración bruta igual o superior a $ 250.000.
Ver información correspondiente en: I N S T R U C C I O N E S


10 de diciembre de 2013

Nuevo Sistema de Información Deducciones Personales - SIRADIG- Formulario 572.


Comentarios: Información bajada de la página del Centro de Capitanes de Ultramar.

Esta Nota la subimos el 08.05.2013, pero dado la importancia la volvemos a reproducir.

Hay que tener en cuenta que es obligatoria hacerla y los plazos están cerca de su vencimiento. 

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• Será obligatorio para aquellos trabajadores en relación de dependencia que durante 2012 hayan percibido una remuneración bruta igual o superior a $ 250.000.

VIGENCIA:

Si bien la resolución ya está en vigencia desde el 21/12/12, es importante aclarar que el 31/01/13 opera el vencimiento del ejercicio 2012, por lo tanto AHORA SOLO deben completar el formulario quienes hayan realizado compras en el extranjero con la tarjeta de crédito o débito, a los efectos de tomar como pago a cuenta el 15% de percepción que les cobró la AFIP.

Para el resto podrán ir cargando el formulario a partir del 4/2/2013, pero el vencimiento de la obligación será el próximo 31/01/2014, cuando vence el período fiscal 2013.

Igualmente se sugiere no esperar a último momento, ya que de todas formas habrá que hacerlo obligatoriamente.

22 de agosto de 2013

El secreto de como tener salarios más altos.

El secreto es pan para hoy hambre para mañana.

Digo esto porque algunos tripulantes y de algunas empresas  en estos meses están cobrando una suma tal que el impuesto a las ganancias no los alcance.

Desde ya esto no es un favor que las empresas  hacen gratis, el porque es muy simple. 
Si pagan menos que el haber tope para los descuentos previsionales  están tirando el haber para abajo para el famoso “promedio” de los 120 sueldos, además las “bondadosas” también pagan menos dado que de esos valores pagan el 16% para el sistema. 

31 de julio de 2013

Devolución del Impuesto a la Ganancias y aumentos salariales 2013.

A través del decreto Nº1006/2013 el Gobierno nacional implementó la decisión de eximir del pago de Ganancias a la primera cuota del sueldo anual complementario (SAC). El monto reintegrado figurará como un ítem separado en los recibos de sueldo, la devolución del Impuesto que ya fue deducido con el medio aguinaldo de junio y se realizará “inequívocamente en los recibos de haberes que comprendan a las remuneraciones devengadas en el mes de julio del año 2013”.

Es decir, todos los que fueron alcanzados por el impuesto percibirán junto a los salarios de julio la devolución de lo que se les descontó junto a la primera mitad del SAC.

21 de marzo de 2013

El impuesto a las ganancias y las actitudes de los sindicatos.

Indudablemente se puede escribir mucho y de muchos sobre este tema, pero en este caso vamos a ceñirnos estrictamente a las posiciones de los dos gremios de OFICIALES DE LA MARINA MERCANTE ARGENTINA. 


Ambos tienen en común que desde hace tiempo hacen declaraciones públicas en contra del impuesto a las ganancias, en realidad tienen además otras coincidencias.

19 de marzo de 2013

Impuesto a las Ganancias a partir de marzo de 2013.



Resolución General 3449 - Bs. As., 8/3/2013.

VISTO la Actuación SIGEA Nº 10462-10-2013 del Registro de esta Administración Federal, y CONSIDERANDO:
Que la Resolución General Nº 2.437, sus modificatorias y complementarias, estableció un régimen de retención del impuesto a las ganancias aplicable a las rentas comprendidas en los incisos a), b), c) —excepto las correspondientes a los consejeros de las sociedades cooperativas—, y e) del Artículo 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1° — Los agentes de retención alcanzados por las disposiciones de la Resolución General Nº 2.437, sus modificatorias y complementarias, a los fines de la determinación de la retención dispuesta en la misma, deberán computar en cada mes calendario, a partir del 1 de marzo de 2013, los importes que para cada caso se indican a continuación:

7 de febrero de 2013

Impuesto a las Ganancias y algunas novedades.

Luego de conversar con varios colegas respecto de este tema van una serie de comentarios.
1.- La AFIP detectó a algún colega que cambió de empresa y en la siguiente no presentó el Formulario donde declara lo cobrado en la anterior. La AFIP lo conminó en un tiempo perentorio  a hacerlo. No sé si tuvo que pagar multa. ATENTI.

4 de febrero de 2013

Impuesto a las Ganancias. Propuesta del SOMU y de Capitanes.

Plan de los gremios marítimos para zafar del gravamen y mantener el poder adquisitivo
AMBITO FINANCIERO. 01.02.2013.
Por: Mariano Martín

Los sindicatos marítimos planean dar un batacazo en la ronda de paritarias de este año, con un planteo de congelamiento de sus salarios durante todo 2013 que incluye un costeo del Impuesto a las Ganancias compartido con los empresarios del sector. El plan involucra a dos de los gremios más representativos de la actividad: el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) y el Centro de Capitanes de Ultramar.

16 de enero de 2013

Ganancias, las deducciones ahora se declaran por la Web

Clarin, iEco 27.12.2012

Los empleados que ganan más de $ 250.000 anuales (aproximadamente 19.000 mensual en bruto) ya no usarán el formulario de papel.

La ampliación de los controles de la AFIP también alcanzó a la franja de contribuyentes del Impuesto a las Ganancias con ingresos altos . Según una resolución que se publicó ayer en el Boletín Oficial, a partir de ahora, éstos tendrán que presentar el listado de deducciones a través de Internet, ingresando al sitio de la AFIP con su clave fiscal. Así, dejarán de hacerlo a través de un formulario de papel (el 572) que luego entregaban a sus empleadores.

1 de noviembre de 2012

Instructivo Impuesto a las Ganancias.

1. OBJETIVO
Le recomendamos leer detenidamente las instrucciones, y para el caso de tener dudas o no comprender el alcance o la aplicación de algún concepto, usted puede efectuar la consulta a babconsultores@gmail.com, es nuestro objetivo colaborar en llevar claridad a quienes intervienen en el impuesto a retener.

2. CONCEPTO
El impuesto a las ganancias, también conocido como impuesto a la cuarta categoría se calcula exclusivamente sobre la Renta del Trabajo Personal, entre otros rubros: “el trabajo personal ejecutado en relación de dependencia”. El Empleador actúa como Agente de Retención y es responsable por el depósito del impuesto ante las autoridades que correspondan.