Comentarios: Información bajada de la página del Centro
de Capitanes de Ultramar.
Esta Nota la subimos el 08.05.2013, pero dado la importancia la
volvemos a reproducir.
Hay que tener en cuenta que es obligatoria hacerla y los plazos están
cerca de su vencimiento.
• Será obligatorio para aquellos trabajadores en relación
de dependencia que durante 2012 hayan percibido una remuneración bruta igual o
superior a $ 250.000.
VIGENCIA:
Si bien la resolución ya está en vigencia desde el
21/12/12, es importante aclarar que el 31/01/13 opera el vencimiento del
ejercicio 2012, por lo tanto AHORA SOLO deben completar el formulario quienes
hayan realizado compras en el extranjero con la tarjeta de crédito o débito, a
los efectos de tomar como pago a cuenta el 15% de percepción que les cobró la
AFIP.
Para el resto podrán ir cargando el formulario a partir
del 4/2/2013, pero el vencimiento de la obligación será el próximo 31/01/2014,
cuando vence el período fiscal 2013.
Igualmente se sugiere no esperar a último momento, ya que de todas formas habrá que hacerlo obligatoriamente.
Igualmente se sugiere no esperar a último momento, ya que de todas formas habrá que hacerlo obligatoriamente.
COMO
COMPLETAR EL FORMULARIO.
• Habrá que contar con clave fiscal. Para tramitarla hay
que presentarse en la AFIP que corresponde al domicilio con el DNI de Lunes a
Viernes de 10 a 16. Es un trámite personal ya que hay que sacarse una foto y
dejar las impresiones digitales (datos biométricos del contribuyente).
• Ingresar a la pag www.afip.gov.ar con el CUIL y la
clave.
• El Formulario se
llama SIRADIG- Trabajador. En caso de no estar habilitado, deberá darlo de
alta previamente ingresando al Link “Administrador de Relaciones de Clave
Fiscal”. Adherir Servicio. Buscarlo en la lista que se despliega y aceptarlo.
El formulario se completa siguiendo los pasos en el
orden que se presentan:
• Crear Nuevo Borrador
• Datos Personales: Ya aparecen cargados porque la AFIP ya los tiene en su base de datos. Hay sí que agregar el TE y el mail.
• Guardar
• Menú Principal
• Empleadores: Ya viene cargado el CUIT y el nombre del empleador. Habrá que agregar el inicio de la relación laboral
• Guardar
• Ahora en la solapa superior clikear en Carga de Formulario y nuevamente elegir carga de formulario.
• 1) Cargas de Familia: Se cargarán los datos personales
de los integrantes de la familia que se pretenden deducir. Recordar los
requisitos:
1. Hijos: Menores de 24 años
2. Cónyuge: No debe percibir más de $ 12.960 anuales
3. Otras cargas: Padres, suegros: Deben estar efectivamente a cargo y no percibir más de $ 12.960 anuales.
• Guardar
• 2) Importe de las Ganancias liquidadas en el mismo
período fiscal por otro empleador. Deberá ser completado sólo por quienes
tengan PLURIEMPLEO.
• 3) Deducciones y Desgravaciones: Corresponde a lo que
cargaban manualmente en el Formulario 572: personal doméstico, intereses del
préstamo hipotecario, cuotas médicas, etc. Ver la lengüeta correspondiente.
• 4) Otras Retenciones, Percepciones y Pago a Cuenta
Este es el capítulo a completar antes del 31/1/13, para
quien corresponda.
El agente de percepción será el banco emisor de la
tarjeta, con su correspondiente CUIT. Los montos del 15% deberán serán
agrupados por totales y desglosados mes a mes.
Recordar que si hay compras realizadas a partir del 1/1/13, el recargo del 20 % sólo podrá computarse como pago a cuenta del impuesto en la DDJJ que vencerá el 31/01/2014.
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