From: consultas@trabajo.gob.ar
To:
Date: Fri, 24 Aug 2012 14:08:41 -0300
Subject: RE: SOLICITAR INFORMACION
Ante todo aclaramos que este servicio se encarga de orientar a
trabajadores y empleadores sobre el
Régimen General de Contratación Laboral (Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744).
Ver texto al pie del mensaje en negrita y
subrayado.
Ante la falta de entrega del
certificado de trabajo del artículo 80, y toda vez que se procedió a intimar al
empleador en reiteradas oportunidades (requerimiento de modo fehaciente como
regula la ley), le sugerimos retomar consulta con el letrado que lo estuviera
asesorando para entablar la siguiente acción legal.
Lamentablemente no podemos
derivarlo al Programa Asistir
(patrocinio jurídico gratuito para trabajadores dependiente de este
Ministerio), habiendo intervenido un abogado, toda vez que no se atienden
trabajadores que tengan o hayan tenido asesoramiento jurídico o intercambio
telegráfico previo.
De todas maneras, si desea
realizar la denuncia, podrá contactarse con la delegación correspondiente por
domicilio de la empresa. En el ámbito de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, podrá comunicarse con la Dirección
General de Protección de Trabajo, a través del
0800-222-2224, de lunes a viernes de 10 a 17 hs. En cambio, de tratarse de jurisdicción provincial,
deberá denunciar ante el Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires;
accediendo al listado de las delegaciones, por medio del siguiente link: http://www.trabajo.gba.gob.ar/informacion/delegaciones.asp.
O bien, llamando a la línea gratuita 0800-666-2187.
Atentamente.
Centro de Asesoramiento Laboral. MTEySS
Este centro no es órgano emisor ni intérprete de la opinión oficial
de este Ministerio en las materias de consulta. Las respuestas son de carácter
exclusivamente orientativo.
El MTEySS se expresa en forma escrita según los términos y
condiciones establecidos en la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos
N° 19.549, y mediante los órganos activos facultados para cada materia.
El contenido de este mensaje es privado, estrictamente confidencial y
exclusivo para su destinatario y no podrá ser utilizado como argumento o
fundamento para iniciar acciones administrativas o judiciales de ninguna
índole.
De haberlo recibido por error, elimínelo de su sistema.
Si no es necesario, no imprima este correo. Todos somos responsables
por el cuidado del medio ambiente.
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Denuncias laborales en la Ciudad de Buenos Aires.
Instructivo
¿En qué consiste, para qué y cuándo realizarlo?
Para denuncias por incumplimiento
de normas relativas al trabajo, salud e higiene y seguridad laboral deben
contactarse con la Dirección General de Protección del Trabajo. Se realizan en
caso de encontrarse con las siguientes situaciones:
Trabajo no registrado en forma
total o parcial.
Incumplimiento en el pago de
haberes.
Incumplimiento de la jornada de
trabajo.
Incumplimiento en la realización
de Aportes y Cargas Sociales.
Incumplimiento del Convenio
Colectivo de Trabajo.
Falta de cobertura de ART
(Aseguradora de Riesgo de Trabajo).
Trabajo de menores.
Incumplimiento de la legislación
laboral vigente sobre Higiene y Seguridad (falta de elementos de protección
personal, falta de matafuegos, falta de salidas de emergencia, falta de
higiene, etc.).
¿Dónde y en qué horario se realiza?
Personalmente, de lunes a viernes
de 10 a 13 hs. en Bartolomé Mitre 575
P.B.
Por teléfono, de lunes a viernes
de 10 a 15 hs al 0800-222-2224.
¿Quién puede efectuarlo?
El trabajador, el Sindicato y/o
cualquier persona física o jurídica. En todos los casos se mantiene en reserva
la identidad de los denunciantes.
Una vez efectuada la denuncia se
realiza una inspección en el establecimiento del presunto infractor. En el caso
de encontrarse infracciones a la normativa laboral y/o de higiene y seguridad
vigente, se dará origen a un sumario administrativo que finalizará
eventualmente con la imposición de una multa.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Para realizar el trámite se
necesita contar con la siguientes información:
Nombre del empleador o razón
social de la empresa denunciada, y su número de CUIT en lo posible.
Domicilio del lugar de trabajo y
rubro o actividad a la que se dedica la empresa.
Horarios y días laborales de la
empresa.
Cantidad de trabajadores que se
desempeñan en la empresa.
En el caso de que se denuncie
trabajo de menores, indicar en lo posible edades y tareas que realizan.
Documentación requerida
Nombre del empleador o razón
social de la empresa denunciada, y su número de CUIT en lo posible
Horarios y días laborales de la
empresa.
Cantidad de trabajadores que se
desempeñan en la empresa.
En el caso de que se denuncie
trabajo de menores, indicar en lo posible edades y tareas que realizan
¿Qué costo tiene?
El costo del trámite es gratuito.
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