Claudio Cardinali.
1) HISTORIA
PREVISIONAL
Es una planilla que se obtiene en Anses en donde surge la
historia previsional del afiliado, y está expresada de distinta manera según en
período de que se trate:
a) Períodos de servicios
desempeñados hasta el 31/12/69
No surge información específica de los servicios
desempeñados durante ese período
Sin embargo, puede obtenerse información sobre la fecha
de afiliación, fecha de ingreso y el número de inscripción del empleador para el cual ingresó y se
afilió en las fechas citadas.
b) Períodos de servicios
desempeñados entre el 1/1/70 y el 30/6/94
En estos períodos surge la información anualizada de los
servicios desempeñados.
Por cada año
podrá observarse:
Columnas:
CSE
El código del carácter de servicios desempeñados (comunes o diferenciales)
Ej. Código 00 corresponde a servicios comunes; el 03
servicios diferenciales; el código 02 equivale a transporte de carga Ley 20740-
Art. 1, etc.
ALT
El mes de ingreso
BAJ
El mes de egreso
MT
El total de meses trabajados
REMUN. TOTAL
Remuneración percibida en el año para ese empleador.
CUENTA
Número de cuenta del empleador.
RAZON SOCIAL
Razón social del empleador.
c) Periodos de servicios
desempeñados desde el 1/7/94 en adelante.
En estos períodos surge información mensualizada de los
servicios desempeñados
En cada mes
pueden encontrarse dos tipos de movimientos:
-
Un
tipo de movimiento es la declaración
jurada que el empleador realiza ante la AFIP declarando al empleado.
-
El
otro tipo de movimiento es el pago del aporte en el banco de la remuneración
declarada por ese empleador.
-
Puede
ocurrir que surja el movimiento de la declaración jurada pero no el aporte, lo
cual supondrá que el empleador declaró al empleado ante la AFIP , pero no le hizo el
aporte.
-
Asimismo
ocurre con algunos empleadores (empleadores públicos provinciales) que no surge
el movimiento de la declaración jurada pero sí el del aporte.
-
Ni
la ausencia del movimiento de la declaración jurada ni la del aporte implicarán
el rechazo de los servicios si se registra el otro movimiento.
Por cada mes
podrá observarse:
Columnas
DJNO
El número de declaración jurada que presentó el empleador
en ese mes. La primer declaración jurada que presente en el mes será la 0
(cero) Si tiene que rectificar esa
declaración jurada y modificar la información, el número de Declaración jurada
será la 1 (uno). Cada rectificación posterior que sea presentada para el mismo
período adicionará un número al último número de declaración jurada.
FECHA MOV
Es el día, mes y año, ya sea de la presentación de la
declaración jurada del empleador ante la AFIP (si el movimiento es el de la
presentación de la DJ) o del depósito de aportes y contribuciones del empleador
en el banco (si el movimiento es el pago del aporte).
Columna DDJJ,
empleador y subcolumna Rem.im.SS
Surge la remuneración imponible (sin descuentos)
declarada por el empleador ante la AFIP.
Columna DDJJ, empleador
y subcolumna Ap.oblig
Es la retención jubilatoria que le practicó el empleador
sobre la remuneración imponible por concepto de Jubilación y por concepto de Obra Social.
Columna DDJJ, empleador y subcolumna AF.
Se detalla si durante ese mes se le pagaron “Asignaciones familiares” al empleado.
Columna Transferencias
y subcolumna Dest. Surge si el aporte
fue derivado a una AFJP, en cuyo caso indicará con un código alfanumérico cual
es la AFJP ej.:
CONS: Consolidar
ANSE Anses Si es relación de dependencia común o
autónomo común
AUM Si es autónomo
monotributista
SDM Si es autónomo
monotributista
T01 Si es empleado
monotributista
CANS Se identificaba a los
aportantes que hasta 1996 ingresaban a SIJP, y no realizaban la opción expresa
por ningún régimen previsional (reparto o capitalización).
Los primeros meses aportados aparecían con el código
CANS, hasta que se les asignaba una AFJP, de acuerdo con el criterio de
asignación vigente.
Columna Transferencias
y subcolumna Conc.
Aparece el código de transferencia (el código 101 es el aporte obligatorio, el
código 103 corresponde a intereses, etc).
Columna
Transferencias y subcolumna Importe
El importe que fue transferido a la AFJP o a la ANSES de la remuneración imponible.
Columna CUIT
Se inscribe el número de Cuit del empleador o el número
de Cuit del afiliado, si se trata de un autónomo.
La circunstancia que no surja información o que la misma
sea parcial no significa que no se hayan prestado los servicios, ya que puede
ocurrir que el empleador no haya remitido las declaraciones juradas al
organismo recaudador o que las declaraciones juradas no hayan sido debidamente
cargadas en el sistema por el organismo recaudador, etc. Y dichas
circunstancias no ameritan desacreditar los servicios invocados, si es que
existen otros elementos respaldatorios de los servicios.
Cuando de la Historia
Previsional no surge la información que la normativa vigente considera
suficiente para tener por acreditados los servicios, existen otros elementos de
prueba, que Anses consultará.
2) AREA
INFORMACION DE ACTIVOS. – (también llamado ANEXO)
Se pueden obtener los siguientes datos:
-
Afiliación: De existir registros,
Activos de la Anses
informa la fecha de afiliación, que deberá ser contemporánea a la fecha de
ingreso laboral.
Registro
de firmas: De
existir registro Activos de Anses informa si el firmante de la documentación
que se acompaña (certificación de servicios, certificado de época extendido por
el empleador, recibos de sueldo) está autorizado para firmar en representación
del empleador.
Planillas: Por cada año por el cual se
requiera información podrá informar:
a)
“Hay
planillas, figura”.
Esto significa haberse encontrado planillas del empleador para esos años que se
informan y el afiliado surge informado en las planillas de esos años.
b)
“No
hay planillas “Significa que no se encontraron planillas del empleador
para los años informados.
c)
“Hay
planillas. No figura
“. Significa que se han encontrado planillas del empleador par los años que se
informan, pero el afiliado no surge informado en las planillas de esos años.
3) AREA
MICROFILMACION DE ACTIVOS.
A través de este informe se puede obtener la información
relacionada con las planillas
descriptas en el pedido de
informes al Área Información de activos.
4) AREA
VERIFICACIONES DE SERVICIOS
Se establece cuando según pautas fijadas por la
normativa se establece la necesidad de
enviar un verificador de la Anses al domicilio del empleador, a efectos de que
revise los libros y planillas de sueldos de la empresa y releve información
sobre los servicios prestados por el afiliado.
Las verificaciones únicamente se requieren cuando los
servicios no resultan acreditados según normas vigentes. Y siempre y cuando no
se tenga la certeza de la inexistencia
del empleador, o cuando teniéndose certeza de la inexistencia del empleador, el
afiliado informe el domicilio donde se encuentran los libros de sueldo, por ej.
Un juzgado, en el caso de quiebra de la empresa, o en el domicilio del síndico,
o en poder de los herederos, si el empleador era unipersonal, y falleció.
Resultados de los
pedidos de informes a la Anses (anexo microfilmación verificaciones de
servicios)
A veces los resultados son infructuosos porque no se
encontró al empleador (en las verificaciones de servicios), o no se han
encontrado planillas enviadas por el empleador (anexos y microfilmaciones).
Esto ni significará que los servicios invocados vayan a
ser desacreditados por Anses, ya que debe expedirse analizando la totalidad de
las circunstancias para determinar definitivamente.
Saludos, Claudio Cardinali.
excelente guía
ResponderEliminarmuy claro, muchas gracias
ResponderEliminarGracias por el comentario. Saludos
Eliminartcuando estuve embarcado se puede pelear eso con la libreta graciasengo aportes código 220 y aportes comunes
ResponderEliminartengo aportes con código 220 y aportes comunes cuando deberían ser especiales lo puedo pelear eso con la libreta son avivadas de las empresas
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