Comentarios: Un poco de historia aunque cada día cueste más leer.
Este
artículo lo copie de algún sitio y mis disculpas que no tome nota de quien es
el autor/a.
Esta
publicación pretende ser un repaso del concepto económico del mar y por ahí con
suerte lo lee algunos de los presentes en la foto de FENA, Federación de
empresas navieras.
Esta
síntesis histórica pasa de largo la época cretense y fenicia para empezar en el
1200 europeo.
Cuenta
como de a poco cada país europeo fue descubriendo la importancia del dominio marítimo
si querían ser una potencia permanente. Van dos frases muy claras.
"... La idea era primero dominar el mar para luego reclamar la “libertad de los mares”, que precisamente “nunca fueron libres”."
"... Walter Raleigh:
quien domina el mar, domina el comercio, y el que domina el comercio domina la riqueza del mundo y por
ende el propio mundo”
Las potencias primero lo hicieron por la fuerza naval
militar y luego encontraron métodos mas económicos y eficientes que son los
actuales, y entre otros las banderas de conveniencias y la utilización de obra
de mano barata de pueblos que primero los empobrecieron y ahora no tienen otra
salida económica.
En el orden nacional, los armadores argentinos en 1992 se
las creían y entonces propiciaron el Decreto 1772 y cuando tuvieron que
competir sin el amparo del estado se fueron todos a la quiebra.
Una incógnita es si los señores de FENA, aprendieron la lección,
o nuevamente van a privilegiar la ganancia rápida.
La otra incógnita somos nosotros. Aprendimos la lección?
Y que con nuestros dirigentes sindicales, ¿privilegiaran
sus ambiciones políticas/económicas personales?, o recordaran sus lejanas épocas
de navegantes y se pondrán a la altura de las circunstancias.
El artículo que viene a continuación cuenta como fue en
siglos pasados, y conociendo un poquito de la actividad, veremos que nos falta
bastante aprender. Quienes saben dicen
que la historia es como una rueda, que continuamente se repite y eso asusta.
_______________________________
La ambición marítima
de los países europeos se ha ido plasmando a menudo con fórmulas expresas cuyo
enunciado por sí solo tiene significado, como la sigla que revela la pretensión
de dominio universal de Carlos V, bajo la mirada permanente del Sol: AEIOU “Austria
est imperium Orbis Universalis”; el programa contenido en la palabras “Rule
over the waves, Britannia!”: en la proclamación de Guillermo II “Nuestro futuro
está sobre el agua” y hasta la pretensión mussoliniana de heredera del imperio
romano “Mare Nostrum.
Hoy en día, cuando en
los países en desarrollo tiene efectos la globalización, la interdependencia, y
donde se registra en materia de marina mercante la eliminación de reserva de
cargas, se renuevan y multiplican subsidios velados o indirectos la sombra del Gatt y del Gats crecen los
terceros registros y las banderas de conveniencia,
resulta interesante rescatar aquellos valores vinculados a la “Talasocracia”,
concepto que desde el siglo XIV significó la lucha de una Nación por el imperio
sobre los mares, con exclusión de los demás.
Es interesante
observar las réplicas entre principios del “mare Liberum” y el “mare Clausum”,
dos conceptos antagónicos que marcaron a través de cuestiones vinculadas a
intereses comerciales y militares varios siglos de nuestra historia.
Ya la Liga Ansiática
en el 1200, mostraba la importancia de proteger el comercio exterior y los
tráficos marítimos, consolidándose para extender el comercio internacional y
defenderse de los piratas que ejercían el monopolio.
Los países centrales,
con distintos matices y bajo otras formas, aún hoy sostienen principios en base
al mare clausum que podemos advertir por ejemplo en el siglo XIV, al
establecerse que cuando los mercaderes genoveses, placentinos, catalanes,
franceses e ingleses tuvieran que transportar mercaderías de origen castellano,
debían dar preferencia a los barcos de Castilla por encima de los de cualquier
otro pabellón. Precisamente el origen del poderío marítimo español, luego
superado por Holanda e Inglaterra, se dio cuando en 1500 Isabel la Católica
dispuso a través de las reales pragmáticas, que todo el tráfico marítimo entre
sus posesiones debía realizarse en barcos que enarbolaran el pendón de
Castilla.
Décadas después se
generará la lucha dialéctica – y luego con los
cañones – entre los Países Bajos con el Mare Liberum – teniendo a Grocio
como estandarte – e Inglaterra con el Mare Clasum - con Selden como principal ideólogo – que
intentan personificar la defensa el uno y la negación el otro de la libertad de
los mares. Este “intercambio de opiniones” sólo se fundaba en otros intereses. La
idea era primero dominar el mar para luego reclamar la “libertad de los mares”,
que precisamente “nunca fueron libres”.
Fue más tarde que los
mercaderes y hombres del mar, cuando los gobernantes se dieron cuenta de la
importancia que tenía el mar para la formación, la prosperidad, la independencia
y la defensa de sus estados. Las ciudades italianas, como Génova, Venecia y la
misma Florencia, no habría alcanzado su poderío sin él. Portugal le debe todo
al mar, pero sólo tuvo conciencia de ello en la batalla de Aljubarrota donde se
liberó de Castilla y lo mismo sucedió en
Inglaterra cuando se independizó del continente al término de la guerra de los
Cien Años. Con Francia sucedió algo similar. Poco a poco, la noción de lo que
el almirante norteamericano Mahan llamó “Sea power” inspiró y después guió a
los responsables de los distintos estados a partir de fines de la Edad Media.
Un ejemplo es el conflicto verbal – desatado paralelamente a la guerra – entre
Inglaterra con su “Lybelle of Englyshe Polycye” publicad hacia 1440 y Francia
con el “Débat des hérauts d’armes de Frances et d’Angleterre” de quince años
después, que con concepciones comunes y soluciones análogas defienden su
predominio del mar. De modo que a mediados del siglo XV se había formado un
pensamiento político en los planes estratégico y económico que se extiende más
allá de Francia e Inglaterra, a los reinos ibéricos, las ciudades italianas o
la liga hanseática, que se van dotando de fuerzas navales. El Estado tenía sus
barcos, construía sus puertos militares, impulsaba los almirantazgos y
entrenaba a personal especializado.
Por otro lado, en un
contexto de proteccionismo se imponían tasas, se instalaban oficinas de recaudación
en los puertos tanto en Inglaterra como en Castilla, Cataluña o Portugal,
incluso el duque de Bretaña obtenía del mar la mitad de sus rentas. También se
recurría a la prohibición de exportar o importar. A menudo esto equilibraba los
privilegios concedidos a determinados puertos para determinadas mercancías. El
nombre del régimen de 1'Etape -escalas de un barco para vender mercancías- que
se dio al monopolio de la exportación de lana inglesa en Calais tras su
conquista por Eduardo III en 1347, refleja el control del Estado; la Hansa se
reservaba el trafico de pescado en Bergen; Francia favorecía la importación de
especias en beneficio de la sal del puerto de Aiues Mortes, y más adelante
aparece el monopolio de otras especias y de los metales preciosos en manos de
reyes portugueses y españoles.
Por su parte, el
privilegio del pabellón tiene su origen en ciertas medidas que iban de la
sobretasa del tráfico en barcos extranjeros a un régimen fiscal preferente para
los nacionales que acabó con el establecimiento del monopolio para estos
últimos. Las ciudades italianas, por ejemplo, cuya importante flota les
permitía alquilar sus barcos a otros, se preocuparon tanto de equiparlos para
este fin, como de reservarse el tráfico de sus posesiones exteriores.
De todos modos, la
diversidad geográfica de los intereses marítimos dio lugar a actitudes
contradictorias; Francia con Jacques Coeur, tuvo una experiencia corta pero
ejemplar de monopolio de tráfico oriental con navíos de pabellón con la flor de
lis. Pero, por ejemplo, mientras que en el siglo XVI los habitantes de Sanintonge
propusieron que se invitara a los extranjeros a utilizar los navíos del reino,
los bretones pidieron que se tomaran medidas discriminatorias contra los
ibéricos y los de Rúan, muy vinculados a la actividad de Amberes, clamaban que “nada
es mas provechoso que la libertad de los mares”.
Claude de Seyssel,
obispo de Marsella, aconsejó a Francisco I que no permitiera que barcos
extranjeros exportaran los productos franceses, “sería oportuno tener y mantener
armado el mar, de allí llegará un aumento de los estados del príncipe”, decía.
Este y Enrique II fueron quienes desarrollaron el dominio marítimo francés
organizando una flota militar, la función de Le Havre y el impulso al comercio.
Mientras, España eligió el camino del monopolio naval confirmando el privilegio
del pabellón y Portugal lanzó la idea del mare clausum en beneficio de sus
compatriotas, idea que fue retomada por la marina inglesa cuando John Selden
-1584-1664- propagó el concepto de que el espacio marítimo como el terrestre
podría ser apropiado. A esta postura se le enfrentó con mucha fuerza la “libertad
de los mares” abiertos al comercio de todos encabezada por Hugo Grocio.
Mare Clausum
Mare Clausum
Inglaterra ya en
1381 tuvo su primera acta de navegación, cuyo espíritu volvió a aparecer con
Enrique VII en 1489 y Enrique VIII en 1540, instaurando el privilegio del
pabellón. La insularidad que en Inglaterra se empezó a
apreciar en su verdadero valor a fines del siglo XV confirma la observación de
Fernand Braudel: “toda grandeza supone un espacio dominado, mas amplio que el
espacio privilegiado que propiamente le pertenece. Inglaterra se convirtió
en un barco mercante anclado a Europa”. El autor del “Libelle of Englyshe
Polycye” vio el espacio marítimo a su alrededor como un dominio reservado, el mare
Britanicum de los de su época.
En Europa el mar
había llegado a ser un componente del poder del Estado. Las ciudades italianas
como Génova y Venecia tenían posesiones de ultramar hasta el mar Negro
reactivando el antiguo concepto de talasocracia. También la Corona de Aragón en
el mediterráneo, con la expansión catalana hasta el mar Egeo y a partir del
voluntarismo de Alfonso V, consiguió unir en una especie de federación a
Cataluña, Valencia, Cerdeña, Nápoles y Sicilia. Precisamente en 1499 tuvo un
programa que impone a estos estados algunos elementos del imperialismo
marítimo, como ser prohibición de determinadas importaciones extranjeras,
incremento de la construcción naval y monopolio del pabellón aragonés. En ese
contexto no eran extraños los conceptos de sir Walter Raleigh “quien domina
el mar, domina el comercio, y el que domina el comercio domina la riqueza del
mundo y por ende el propio mundo”.
No en vano las
sociedades modernas idearon en el ámbito civil el sistema de las compañías
comerciales, medios más eficaces que el esfuerzo militar, para comprometer a
una nación con el mar y favorecer su expansión. Los Merchant Adventurers ingleses,
con la bendición de Isabel I a partir del siglo XVI, se desperdigaron en todas
direcciones. Por otro lado, la lucha contra España fue el origen del poderío
marítimo holandés y del enriquecimiento de los señores de la Compañía
Neerlandesa de las Indias Orientales.
Desde esa época, para
los europeos, el mar ha seguido siendo un trofeo celosamente guardado o
ávidamente codiciado. Génova y Venecia en la Edad Media, Francia, Inglaterra,
España y Portugal a partir de la edad Moderna son típicos ejemplos de potencias
basadas en el mar, que para ellas significa poder, expansión y dominio. Luego
le siguieron los Estados que por ambición política buscaron tener una salida al
mar y asegurarse una libre circulación marítima participando de las ventajas de
expansión. De modo que todo ha ocurrido como si para los Estados el ascenso
a un rango superior pasara por la adquisición de cierto poder marítimo, lo que
ocurrió precisamente con Holanda, Suecia, Prusia y Rusia y luego con la
Alemania de Bismark, Italia, Grecia y la Unión Soviética.
En esa segunda
generación de los estados europeos que accedieron al poder marítimo, los
Estrechos han sido determinantes. Dinamarca hizo demostración a contrario de lo
que cuesta el poder marítimo y el esfuerzo que supone conservar lo ya
conseguido. De su imperio marítimo de antaño y su capacidad para emigrar en el
sigo XVII a las Antillas e India, todavía quedan Groenlandia, las Feroe y
Copenhague que fue defendida durante las guerras napoleónicas, en vísperas de
la paz del Norte contra Suecia y en este mismo siglo contra Alemania
hitleriana. Por su parte, Gustavo Adolfo de Suecia puso toda su ambición en la
marina; durante su reinado, la flota que en 1613 se componía de 50 barcos pasó
a 90 unidades más potentes. Alemania y Rusia tomaron las enseñanzas que les
brindó Holanda. Fue Federico Guillermo quien ayudó a arrebatar a los suecos las
costas de Brandeburgo y la isla de Rugen; el que creo una marina y organizó con
un armador holandés una compañía de comercio con África y Antillas, precursor
dos siglos antes de las ambiciones de su lejano sucesor, el emperador Guillermo
II de Alemania.
Por otro lado, el
primer objetivo estratégico del Imperio Ruso, era frenar a Suecia, cuya flota
le podría impedir el abrir una ventana al Báltico. Después de lograrlo, la segunda
tarea se vinculaba al acceso al Mar Negro y al Mediterráneo, para eso destruyó
el poder turco. Así, la flota imperial a fines del siglo XVIII contaba con
cincuenta navíos y treinta y tres fragatas -mucho menos que las de las grandes
armadas occidentales- pero el futuro le deparaba una expansión en todas las
direcciones.
Ya en este siglo
Guillermo II con el almirante Von Tirpitz, llevaron adelante un programa naval
con la finalidad de dominar a la flota rusa en el Báltico y hacer frente a las
escuadras francesas del canal de la Mancha. Para ser una potencia naval de
primera magnitud el objetivo era llevar a la flota a 61 navíos en 1912, cuando
en 1898, era solo de 30 unidades. Pero en realidad Guillermo II pretendía
acrecentar su prestigio militar y político más que buscar salidas comerciales
que ya había conseguido. Según una fórmula norteamericana “la marina
proyecta a lo lejos la influencia o la acción del país de donde procede, la
sostiene y la prolonga”. Precisamente Mahan define al navalismo como el
dictado y el motor del imperialismo. Cromwell en Inglaterra y Richelieu y
Colbert en Francia le dieron continuidad a ese concepto de mare clausum, cosa
que llegó hasta el mismo siglo con una gran cantidad de pensadores afirmando el
concepto en ese trayecto, lo que confirma que el dominio naval es una obra de
larga duración.
Las flotas militares
y civiles, la explotación nacional de las mismas en el marco de compañías
privilegiadas y armadores privados, fueron en el ámbito europeo las bases de un
poderío expresado en datos numéricos en ese momento referidos a cantidad de
navíos, fragatas, y urcas, con su equipamiento de velas y cañones, lo mismo que
en la actualidad la importancia marítima de un país se expresa en toneladas y
velocidad, frecuencias y servicios. La preponderancia británica del siglo
pasado, fue el resultado de la combinación de un doble esfuerzo militar y
comercial, al servicio de la expansión, tercera tabla de un tríptico.
“El mar es pivote
de los grandes imperios”, señala Raymond Aron, a él le debe Europa sus
dependencias coloniales y por su culpa han aparecido nuevas ambiciones. El
propio almirante soviético Gorshov sostuvo que la historia demuestra que los
estados que no han dispuesto de fuerzas navales, no han podido mantener durante
mucho tiempo sus condiciones de grandes potencias. “Los continentes son solo
inmensas islas”.
Mare Liberum
La argumentación
jurídica de la obra de Delft, basada en el capítulo XII de Grovco, señala que
en virtud del ius comunicationis, los hispánicos no pueden prohibir a los
holandeses el acceso de las Indias Orientales, debido a
1-que los lusitanos
no tienen soberanía ni pueden presentar a su favor títulos legítimos, que no
pueden basarse en el ius inventionis, donación pontificia ni ius belli.
2-no tienen dominio
sobre el mar o sobre la navegación ni por descubrimiento y ocupación, ni por
donación pontificia ni por prescripción o costumbre adquisitiva, 3-por no tener
derecho a impedir el comercio que es libre por derecho de gentes, ni por ocupación,
por donación pontificia, prescripción, ni por motivos de equidad, por
consiguiente “los holandeses deben mantener el comercio con las Indias
Orientales ya sea en paz, en tregua o en guerra contra quien se oponga” Grocio
no habla de la libertad en los mares interiores, sino del océano “los
portugueses reclaman para sí todo lo que existe entre dos mundos y si atendemos
a los españoles, casi todo el océano esta repartido entre esos pueblos y los
demás reducidos a las estrecheces de la zona ártica”, dice.
Sus conceptos de libertad de navegación por alta mar para el tránsito, el comercio y la pesca siguen en pie, aunque solo en teoría. “El mar se encuentra entre aquellas cosas que no son propias del comercio, esto es, que no pueden convertirse en propiedad privada, de donde se sigue que ninguna parte del mar puede juzgarse territorio propio de pueblo alguno. Si el hecho de haber navegado con prioridad de tiempo y el haber abierto en cierto modo el camino son llamados ocupación, ¿Que cosa puede haber más ridícula?, de aquellos que dieron la vuelta al mundo tendríamos que decir que ocupan todo el océano, pero todos sabemos que una nave al surcar el mar no deja más derecho que unas huellas sobre las aguas. Aquél que aún sobre el mar imperase, no podría quitar nada al uso común, la intención de los holandeses descansa sobre el derecho común, todos tienen permiso de navegar por el mar aún sin licencia de príncipe alguno”.
Sus conceptos de libertad de navegación por alta mar para el tránsito, el comercio y la pesca siguen en pie, aunque solo en teoría. “El mar se encuentra entre aquellas cosas que no son propias del comercio, esto es, que no pueden convertirse en propiedad privada, de donde se sigue que ninguna parte del mar puede juzgarse territorio propio de pueblo alguno. Si el hecho de haber navegado con prioridad de tiempo y el haber abierto en cierto modo el camino son llamados ocupación, ¿Que cosa puede haber más ridícula?, de aquellos que dieron la vuelta al mundo tendríamos que decir que ocupan todo el océano, pero todos sabemos que una nave al surcar el mar no deja más derecho que unas huellas sobre las aguas. Aquél que aún sobre el mar imperase, no podría quitar nada al uso común, la intención de los holandeses descansa sobre el derecho común, todos tienen permiso de navegar por el mar aún sin licencia de príncipe alguno”.
La batalla libresca
El libro “Mare
Liberum”, inició la gran “batalla libresca” sostenida con ardor durante todo el
siglo XVII en torno al principio de libertad o del dominio marítimo. Esta lucha
dialéctica pasó a las armas en tres guerras consecutivas en la segunda mitad de aquél siglo, donde finalmente el poder naval holandés sucumbió
ante el británico. Hugo de Groot (Grocio) recibió el encargo de la Compañía
Holandesa de las Indias Orientales de escribir una obra para tratar de
convencer a un fuerte grupo de accionistas que por ser menonitas se negaban a
aceptar las ganancias obtenidas con el apresamiento por parte el almirante
Heemskerk en 1602, de la carraca portuguesa “Catalina” en aguas malacas. Así
Grocio escribió en la obra “De iure praede commentarius”, que por distintos
intereses no se publicó hasta más de dos siglos y medio después.
En cambio, en 1608,
la misma compañía había rogado al jurista de Delft que preparase la publicación
de uno de los capítulos de aquella obra, el XII, que apareció en Leiden en
marzo de 1609 como libro anónimo bajo el título “Mare Liberum”. La necesidad de
su publicación se debió a que en esos momentos se estaban celebrando
negociaciones entre España y las Provincias Unidas en las que los holandeses
querían ver asegurada la libertad de navegación y comercio con las Indias
Orientales, luego de la adopción por parte de Gran Bretaña de una política
restrictiva de la libertad de pesca que los holandeses venían haciendo en los
mares próximos a la isla.
Así, el Mare Liberum
fue escrito contra Portugal, publicado contra España y utilizado contra Gran
Bretaña y, si bien fue redactado para defender la libertad de los mares para la
navegación y el comercio por todos los océanos, fue impresa para tratar de
obtener la libertad de pesca en los mares próximos.
La tesis grociana
reconoce el antecedente de la Escuela Española de Derecho Internacional,
especialmente por la defensa de la libertad de los mares de Fernando Vázquez de
Menchaca. Desarrolló en su primera mitad la idea directriz debida a Vitoria, “cada
pueblo tiene el derecho de visitar y comerciar con los otros” y en segundo
lugar la de Vázquez, según la cual un derecho exclusivo de navegar sobre el
océano en todo o en parte, no puede ser administrado en provecho de una nación
cualquiera que sea.
Su libro causó controversias
inmediatas. En 1618, se le comunica a La Haya que el rey de Inglaterra “no se
dejará enseñar el derecho de gentes no por las tesis holandesas, ni por Grocio”.
Walter Raleigh y William Welwood impugnan los argumentos del libro y afirman el
derecho inglés a percibir una tasa de los pescadores extranjeros que fueran a
los mares británicos. Pero la reacción más fuerte es la que aparece en la obra
de John Selden de abril de 1635. Ordenada por Jacobo I diecisiete años antes,
aparece con el nombre de “Domminio maris regio” por orden de Carlos I para
apoyar dialécticamente a los navíos ingleses que iban a comenzar a decidir
bélicamente la supremacía británica en los mares.
Luego aparecen
réplicas y contrarréplicas, especialmente entre Graswinkel de los Estados
Neerlandeses y Selden.
El libro de Grocio
también causa efectos en otras regiones como soporte intelectual en la lucha
entre España y Venecia. En la primera, autores como Pedro Ramírez apoyan la
tesis favorable al dominio del mar. Así también lo hace el portugués Fray
Serafín de Freitas, con un nivel tan destacado como el propio Selden y en
cierta forma ambas obras se complementan ya que Freitas defiende el monopolio
de la navegación oceánica y Selden los derechos monopolizadores sobre el mar
próximo. Si bien España posteriormente toma el criterio de la libertad de los
mares, en el siglo XVIII regresa a la anterior tendencia. Como lo marcan José
de Ortega y Cotes, que afirman que se puede adquirir dominio o imperio en el
mar, si bien no para prohibir la libertad natural de navegar y transitar en
cuanto no se oponga a los derechos adquiridos por la potencia dominante y Pedro
Pérez Valiente “el mar tanto interno como externo es materia apta para la
ocupación y el dominio”. Incluso José de Olmeda y León, aún cuando escribe que
ninguna nación puede apropiarse por justo título del dominio del mar, exceptúa
a “nuestros mares de América”.
Así como aparecen
obras que atacan al “mare clausum” de Selden de autores de origen danés,
ginebrino, sueco o nórdico que hablaban del dominio de los mares particulares y
de las trabas que tenían para ejercer el libre comercio, hay otros
continuadores del principio del inglés editados en Londres, Francfort, Dresden
o Wittenberg. Esta batalla recién tiene un aparente final con la obra del
jurista neerlandés Cornelio van Bynkershoek en 1703, más allá de que
posteriormente continuaron escribiéndose libros sobre la cuestión. Lo
particular de este autor es que hasta entonces se había discutido y pugnado por
la libertad marítima para surcar todos los mares que algunos pueblos y autores
consideraban cerrados y monopolizados, imponiéndose el libre tránsito en
tiempos de paz. Posteriormente a este libro se lucharía por el derecho de los
neutrales para continuar su comercio marítimo en tiempo de guerra.
A partir de la
victoria de Inglaterra sobre Holanda y los Tratados de Utrecht se llega a que
si bien los juristas coinciden en un principio de libertad de navegación, el
significado del mismo establecido por Vitoria, Menchaca y Grocio, es distinto:
no habrá mares cerrados a la navegación y al comercio en tiempos de paz, pero
sí los mares estarán controlados por una escuadra poderosa, que hará sentir
especialmente su dominio en tiempos de guerra para impedir el libre tránsito
marítimo comercial.
Bibliografía
utilizada, “De la Libertad de los Mares” de Hugo Grocio y “Europa y el Mar” de
Michel Mollat Du Jourdin
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