06.03.2013.
La movilidad previsional es un procedimiento que tiende a
reparar los perjuicios que ocasiona en los haberes jubilatorios la inflación y
su consecuencia, el aumento salarial de los trabajadores activos.
Actualmente, escuchamos que cientos de jubilados y pensionados
reclaman judicialmente una mejora en el haber que perciben, pero: ¿Por qué
ocurre esto y en qué casos correspondería hacerlo?
En primer lugar, vamos a aclarar que, en general, existen
dos tipos de situaciones:
1.- Quienes
obtuvieron su jubilación antes de julio de 1994 al amparo de la Ley 18.037/8.
En este caso se les tomaba para determinar el primer haber las tres mejores
remuneraciones percibidas.
2.- Quienes se
jubilaron después de esa fecha al amparo de la Ley 24.241. A este grupo se
les determina el haber teniendo en cuenta las 120 últimas remuneraciones.
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