Comentarios: Dice la nota que se reproduce más abajo.: “… las Aseguradoras de
Riesgos de Trabajo (ART), que son sociedades comerciales que lucran con el
sistema, y las víctimas de siniestros laborales…”. Las víctimas somos nosotros,
los trabajadores. Claro, vivimos en una sociedad donde solo existen los
problema para el que esta inmediatamente damnificado, incluso casi siempre esa
persona perjudicada pasado un tiempo también pasa a ser espectador pasivo, eso
sí, todos hipercríticos en su ámbito inmediato.
Algunos Armadores requieren que su
tripulación se haga dos controles médicos anuales para las ART. Esa es toda la
prevención que hacen a partir de las ART, el resto son disposiciones nacionales
de seguridad. Ahora, ¿esa revisación será porque están preocupados por nuestra
salud, o para saber a quién deben despedir?
Hay que tener presente los años que
trabajamos con elementos altamente peligrosos sin la protección adecuada:
amianto, asbesto, amoniaco, altos ruidos, perdida de gases de escape en las
salas de máquinas, hollín en suspensión, vibraciones, diversos productos
químicos en ambientes cerrados, transporte de productos químicos en etapas que
no estaba reglamentado, horarios rotativos, etc., etc.
Lo importante es que los gremios están
facultados para representarnos ante las ART o la SRT. Sería bueno conocer casos
de sus actuaciones. (*)
El lobo y las gallinas. (**)
Por Luis Enrique Ramírez. Vicepresidente de
la Asociación de Abogados Laboralistas.
Cómo se
imagina que puede funcionar un sistema en el que existe un operador que debe
brindar protección a un grupo de personas, cuando el primero tiene intereses
opuestos y contradictorios con los de éstas? Seguramente mal. ¿Y si además la
correlación de fuerzas entre ellos es absolutamente desigual? Peor aún. Eso
sucede con las Aseguradoras de Riesgos
de Trabajo (ART), que son sociedades comerciales que lucran con el sistema, y
las víctimas de siniestros laborales. Entre ambas partes siempre se plantea
un juego de suma cero: lo que una gana la otra lo pierde, y en este partido
siempre pierden los más débiles.
El objeto
social de una ART es ganar dinero, ya que para eso la crearon sus accionistas.
Lógicamente, cuanto menos costosa sea la cobertura que brinda a los
trabajadores, mayor será su nivel de ganancias. Como contrapartida, las
víctimas legítimamente aspiran a la mejor y mayor protección. El choque de
intereses es natural e inevitable. Al campo de batalla concurre la aseguradora
con todo su arsenal económico y sus batallones de asesores y profesionales. ¿Y
el trabajador? Generalmente solo e indefenso.
Las ART, primas hermanas de las
desaparecidas AFJP, son un subproducto de la privatización de la Seguridad
Social que despiadadamente realizó el menemismo. Parida por la matriz ideológica del
neoliberalismo de los ’90, la Ley de Riesgos del Trabajo agoniza, fulminada por
varios misiles disparados por la Corte Suprema de Justicia en 2004. Por esto es
que hace 8 años que estamos aguardando una nueva ley, que se lleve bien con la
Constitución y que ponga el eje en la protección de la vida y la salud de los
trabajadores, y no en el negocio de algunos grupos económicos y financieros. El
Gobierno impulsa un proyecto que denominaron una ley “corta”, que sólo se ocupa
de la cuestión de la reparación de los daños que sufre el trabajador y que se
olvida totalmente de la prevención de los siniestros laborales, además de otras
graves cuestiones observadas por la Corte Suprema. Una ley “corta” y con una
lamentable técnica legislativa, que seguramente aumentará la temida
“litigiosidad” que tanto obsesiona al sector empresario.
El problema, parece ser, está en la
“industria del juicio” y no en los centenares de miles de accidentes y
enfermedades laborales que ocurren por año, y que, en palabras de la OIT, en su
inmensa mayoría son evitables. Pero si son
evitables entonces no son “accidentes”, nombre que no deja de ser una
concesión nada neutral del lenguaje. Si el accidente se pudo evitar, entonces
tenemos que hablar de lesiones u homicidios culposos, en el mejor de los casos
para los responsables. Pero, aparentemente,
el problema que hay que solucionar urgente es el de la “litigiosidad”, lo demás
puede seguir esperando.
Creer que la
litigiosidad se terminará simplemente porque se mejoran las indemnizaciones es
desconocer por dónde falla el sistema. Porque se deja intacto el problema
principal, que son las enfermedades de origen laboral, que las ART
sistemáticamente rechazan. Si para la
OIT cerca del 38 por ciento del total de siniestros laborales son enfermedades
profesionales, en nuestro país no llegan al 3 por ciento, no como consecuencia
de un milagro argentino, sino por la actitud refractaria de las ART.
Prácticamente no se registran casos de cáncer laboral, y las patologías del
sistema osteomuscular –las más comunes en la era industrial– son una rareza en
nuestro país, al igual que las enfermedades respiratorias y el estrés laboral.
Ni hablar de los llamados trastornos mentales y del comportamiento, incluidos
por la OIT en su actual listado de enfermedades profesionales, pero totalmente
desconocidos en nuestro sistema de riesgos del trabajo.
El verdadero
problema no radica en cómo dejamos satisfechos con la reparación que reciben a
los trabajadores que están dentro del sistema, sino qué hacemos para que esa
inmensa mayoría que queda afuera –para garantizar la tasa de ganancia de las
ART– reciba el amparo que merecen y necesitan. Mientras esperamos una ley
“larga”, el lobo se sigue comiendo a las gallinas, aunque la culpa no es del
lobo, que responde a su naturaleza, sino de los que le abrieron el gallinero. O
de los que, pudiendo sacarlo, miran para otro lado mientras se da el festín.
(*) El
Decreto 170/1996, reglamentario de la Ley
24.557. Ley sobre riesgos de trabajo, en el titulo III artículo 1, dice
textualmente: “Los trabajadores, o sus
representantes podrán denunciar ante la aseguradora o, ante la SRT los
incumplimientos al plan de mejoramiento en los que incurra el empleador y las
violaciones a las normas de higiene y seguridad en el trabajo”.
(**)
Articulo de Página 12 del 14.10.2012.-
Ver también: Siniestro en Buques Argentinos.
Siniestros en Buques Argentinos. Anexo I.
Enfermedades profesionales.
La OIT, los sindicatos y los accidentes laborales.
Enfermedades profesionales.
La OIT, los sindicatos y los accidentes laborales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario