Comentarios: Varias veces publicamos notas de
la página NUESTROMAR y siempre rescatamos su posición en defensa de los
intereses nacionales y hasta la fecha fueron los únicos que hicieron una campaña
efectiva a favor de la seguridad en los buques pesqueros.
En este caso, se acentúa en la defensa de nuestra
riquezas pesqueras y de la falta de acción real del gobierno anterior y del
presente en evaluación.
Esas riquezas para nosotros como Marinos Mercantes, no
son una entelequia o un ideal, son cientos de puestos de trabajos perdidos y para el país recursos pesqueros y divisas
que irán a parar a otras naciones.
Mientras que en el orden político implican decisiones
extranjeras sobre nuestro territorio, que se tornan inadmisibles como la
siguiente frase: " La Unión Europea
reconoció en su Constitución a las Islas Malvinas como parte de sus
territorios, al ser un dominio de uno de sus miembros".
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El Sr. Juan Benegas y La Fundación NUESTROMAR representada por su
presidente el capitán Daniel Molina Carranza y fueron recibidos en la Secretaria de Asuntos Relativos a las Islas
Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes,
por el Ministro Campoy y la Srta. Paola Guccioni.
El Señor Benegas expresó su interés por conocer el estado de tramitación
de su denuncia al grupo empresario
Nissui por pescar en Malvinas con permiso inglés, por lo que fue informado
que Cancillería había redirigido a la Secretaria de Pesca lo actuado, y que era
esa entidad quien debía tomar una resolución en este tema.
Por su parte la Fundación NUESTROMAR presentó a la consideración de las
autoridades de la Secretaria de islas Malvinas un documento elaborado por la
misma titulado “La cuestión de la milla 201”, que a continuación transcribimos.
El Ministro Campoy y la Srta. Paola Guccioni quedaron en evaluarlo y
oportunamente efectuarnos su comentario.
La
Cuestión de la Milla 201
La
pesca de especies migratorias por fuera de la ZEE argentina
Introducción
La República Argentina posee una
de las Zonas Económicas Exclusivas (ZEE) de mayores dimensiones en el mundo. Dentro de ella se realiza pesca comercial de
variadas especies de distinto valor de mercado. Algunas de ellas son altamente
migratorias, es decir que durante su ciclo de vida transitan, egresan o
ingresan a la ZEE .Las dimensiones de nuestra Plataforma Continental, lugar
donde se desarrolla la mayor cantidad de vida marina, que en muchos lugares excede las 200 millas
marinas de la ZEE, es lugar propicio para que se desarrollen sus ciclos
vitales.
En nuestro caso particular la Merluza
Hubbsi y el Calamar Illex de gran valor comercial, entre otras especies que
mencionaremos más adelante, son pescadas fuera de nuestra ZEE, en su inmediata
proximidad, sin el debido control nacional y sin regulaciones que protejan los
recursos.
Esta práctica, consecuencia de variados factores que analizaremos más
adelante, provoca grandes perjuicios a nuestro país, comenzando por pérdidas de exportaciones pesqueras por
valor de U$S 600 millones anuales y continuado con otros perjuicios que
detallaremos en su momento, pero cuyo factor más grave podemos adelantar que es
una evidente renuncia a ejercer los derechos soberanos en una lugar de gran
sensibilidad nacional.
Aspectos políticos y legales
La Argentina por Ley 23.968
que fija las líneas base sobre las cuales se calculan las 200 millas de la ZEE,
en su artículo 5° establece que “las normas nacionales sobre conservación de
los recursos se aplicaran mas allá de las 200 millas marinas sobre las especies
de carácter migratorio o sobre aquellas que interviene en la cadena trófica de
las especies de la zona económica exclusiva.” Sin embargo no se está cumpliendo
con esta norma nacional.
Nuestro país es signatario de la
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, Ley 24.543, (CONVEMAR) y se ha comportado siempre dentro de su plexo legal,
ordenando sus pesquerías en un todo de acuerdo con esta Convención.
El Artículo 64 de la CONVEMAR detalla cómo proceder en caso de que las
especies altamente migratorias afecten a las jurisdicciones de varios países
ribereños.
Orientado por este artículo y a instancias de la Cancillería Argentina,
nuestro país fue signatario del Acuerdo de Nueva York de 1995, relativo a la
Conservación y Ordenamiento de las Poblaciones de Pesca Transzonales y las
Poblaciones de Peces Altamente Migratorios. Este Acuerdo fue ratificado por la
Argentina y aprobado por el Congreso Nacional mediante la Ley 25.290 del 13 de
julio de 2000.
Por razones que se desconocen, la Cancillería Argentina no depositó el
instrumento de ratificación ante el Secretario General de las Naciones Unidas. Las
autoridades argentinas han reglamentado la pesca fuera de la ZEE, pero
solamente para barcos de pabellón argentino.
En años recientes nuestro país modificó la Ley 24.922, Régimen Federal
de Pesca, mediante la Ley 26.386, con el propósito de desalentar a empresas o
grupos económicos con actividades en Argentina, que estuvieran realizando pesca
en la jurisdicción argentina, sin permisos otorgados por nuestra autoridad de
aplicación.
Malvinas
Los problemas sobre la cuestión de la Milla 201 tienen una estrecha
relación con el conflicto que nuestro país mantiene con el R. U. de Gran
Bretaña e Irlanda del Norte por la soberanía de las Islas Malvinas, Georgias y
Sandwich del Sur.
En efecto, las autoridades de
ocupación de las Islas Malvinas han establecido unilateralmente dos zonas de
conservación y control pesquero, que se sobreponen a nuestra ZEE.
En esta dirección, han otorgado permisos de pesca, no sólo dentro de
estas zonas unilateralmente declaradas, sino también para la pesca de especies
traszonales fuera de las 200 millas de la ZEE.
La Unión Europea reconoció en su
Constitución a las Islas Malvinas como parte de sus territorios, al ser un
dominio de uno de sus miembros
Los recursos
Los recursos altamente migratorios que son pescados fuera de la ZEE son
principalmente la Merluza común (Merluccius Hubbsi) y el Calamar (Illex
Argentinus). Otras especies a tener en cuenta son también el Calamar Loligo, la
Merluza de Cola (Hoki), la Nototenia (Patagonotothenramsayi) y el Granadero.
También se pesca allí la Merluza Negra (Dissostichus Elleginoides) especie
controlada por la Convención para la Conservación de Recursos Visos Marinos
Antárticos (CCRVMA o CCAMLR).
Quedan afuera de este estudio las especies bentónicas de la plataforma
continental entre las millas 200 y 350, que son de exclusiva soberanía de
nuestro país y deben ser adecuadamente estudiadas aún.
Los actores
Los países que tienen alguna injerencia en esta Cuestión son Argentina, el RU de Gran Bretaña y Uruguay,
en distintos grados de participación.
Las flotas pesqueras que operan fuera de la ZEE argentina sobre especies
transzonales son mayoritariamente: La
Unión Europea (principalmente barcos españoles, aunque hay de otros países como
Portugal), la R. P. de China, Corea del Sur, Japón, Rusia, Chile y Taiwán.
Estos son los más significativos, pudiendo presentarse embarcaciones de otros
estados de abanderamiento como Belice, Panamá. Las flotas alcanzan entre 250 y 300 barcos pesqueros y de apoyo de
distinto tipo. Este dato no está relevado de manera actualizada.
UE. España
La flota española que opera en la milla 201 pesca fundamentalmente
Calamar Loligo, Merluza Austral, Nototenia y Merluza Negra. Son en su mayoría
buques arrastreros, en cantidad aproximada de 12 unidades, bajo bandera
española. Estos barcos tienen permisos de pesca de Malvinas.
Otros barcos de este país enarbolan el pabellón de las islas, no
reconocido como estado legal de abanderamiento. Pescando con permisos de
Malvinas España se asegura: más de 500
tripulantes activos (que no tendrían trabajo en Europa) y capturas de más de
100 mil toneladas por año que representan unos 200 millones de euros. Las
empresas españolas con licencias de los isleños son las mismas que, bajo el manto legal de "sociedades
mixtas", tienen también licencias argentinas.
Las capturas se exportan desde buques frigoríficos que reciben su carga en
alta mar o desde Uruguay hacia la Comunidad Europea, compitiendo con nuestras
capturas en el mismo mercado y sin pagar un centavo al fisco nacional.
China
La flota china que opera en la milla 201 está compuesta principalmente
por buques poteros (jiggers) dedicados a la pesca del calamar Illex. Carecen de
todo permiso, tanto argentino como de Malvinas.
En años recientes Argentina
autorizó a una flota de 20/30 buques de esta bandera a operar a “casco desnudo”
(un eufemismo para indicar que algún tripulante eventualmente es argentino),
tanto en la ZEE como fuera, más allá de la milla 200.
Estos buques pueden acceder a servicios portuarios y logísticos
nacionales (en Puerto Madryn) y aún a recibir reembolsos por puertos
patagónicos al sacar su producción desde ellos. Han disfrutado de la “vista
gorda” de SENASA.
Corea del Sur
Es otro de los países que opera en la milla 201. Lo hacen con permisos
de Malvinas. Corea ha firmado un acuerdo
de cooperación con Uruguay y opera libremente desde el puerto de Montevideo,
donde de tanto en tanto uno de sus buques sospechosamente se incendia mientras
está amarrado.
Taiwán
La flota de barcos de Taiwán opera con permiso de Malvinas. Sus buques
comprenden casi el 30% de los permisos otorgados por los isleños.
Argentina
La problemática pesquera argentina está afectada por los siguientes
actores internos:
Subsecretaría de Pesca y
Acuicultura de la Nación
Empresas Pesqueras
Consejo Federal Pesquero
SENASA
Aduana
Provincias Marítimas
INIDEP
Puertos y Vías Navegables
Prefectura Naval Argentina
Armada de la República
Argentina
Más allá del Régimen Federal de
Pesca, el estado argentino no ha logrado coordinar una política racional y
coherente. Se dictan y se
modifiquen leyes que no se hacen cumplir.
La pesca en Malvinas con permisos
del gobierno isleño es considerada ilegal. La Ley de
Pesca sanciona a las empresas y grupos empresarios que operan en aguas
argentinas sin el permiso argentino. Esto involucra a aquellas que lo hacen
en la zona de conservación pesquera de Malvinas, establecida unilateralmente
por los británicos. Las empresas que operan en argentina y que tienen relación
con esos grupos empresarios o empresas que violan la ley argentina, son
susceptibles de sanciones.
Aunque algunas han tomado los recaudos administrativos para burlar la
ley, se han manifestado casos que “misteriosamente” no han sido sancionadas.
Aun existiendo denuncias concretas, como la del caso de Juan Benegas, que
siendo gerente de operaciones de una de esas empresas recibió un email de la
casa central, en el que se advertía de o dejar que “los colegas argentinos lo
vieran”, reseñando las actividades en la zona de Malvinas de un buque de su
grupo empresario y lo denunció ante las autoridades nacional y provinciales.
Los medios con que cuenta la Armada, fuerza que debería actuar en la ZEE
y la Milla 201, son insuficientes para cubrir la inmensidad del mar, que sólo
en la ZEE al Norte de la Tierra del Fuego cuenta con 1 millón de kilómetros cuadrados.
Buques, aviones y helicópteros hoy sumamente deteriorados y envejecidos, son
necesarios para cumplir ese rol en defensa de la soberana en la Alta Mar.
La Prefectura Naval Argentina aporta algunos de sus buques y aeronaves
para esta tarea, en un doblamiento de esfuerzos con la Armada
RU de Gran Bretaña
Mantiene el control de las islas y sus aguas circundantes. Ha declarado
dos zonas de control de pesca, la Falklands Inner Conservation Zone (FICZ) y la
Falklands Outer Conservation Zone (FOCZ), mediante las cuales ordena su
pesquería.
Ha otorgado permisos de pesca a
20 años y no mantiene
contacto con las autoridades argentinas. Organismos promovidos por los ingleses
que intervienen son la South Georgia and the South Sandwich Islands Fisheries /
Comisión de Pesca del Atlántico Sur (CPAS), la South Atlantic Fishing
Commission (SAFC) .Dichos organismos no tienen reconocimiento internacional.
Uruguay
Tiene una postura ambigua frente
al problema, debido tal vez a la falta de coherencia política argentina.
Por un lado firma acuerdos con Corea para que sus barcos operen en los
puertos orientales, mientras que a la vez, y por solidaridad con Argentina,
prohíbe la operación de buques con la bandera de Malvinas.
Otros Actores
Las flotas que operan fuera de la ZEE necesitan apoyo logístico y este
es manejado por Proveedores de Servicios Logísticos en el Mar, que se
encuentran perfectamente identificados. Estos buques, que ofrecen víveres,
combustible, repuestos, sanidad y otros apoyos a los buques que no pueden
ingresar a los puertos nacionales, operan desde Montevideo y Puerto Argentino
(Stanley).
Este procedimiento va en detrimento de las flotas nacionales que deben
traer gran parte de sus capturas para ser procesados en tierra, dando trabajo a
muchas personas y con menos posibilidades de evadir al fisco.
Investigación pesquera
Vienen a investigar de España, Estados Unidos, Alemania y Canadá, pero
nuestros barcos de investigación pesquera, obsoletos y mal mantenidos, están
amarrados a muelle.
Balance económico
Se pierden 600 millones en
exportaciones
Perjuicios por la falta de
Control
Efecto fuertemente negativo
para la industria local
Falta de soberanía y muestra
de desinterés nacional por el mar
No se preservan las especies.
Se dañan fuera de control los
recursos
Bajan los precios de los
mercados
Trabajo esclavo
Sugerencias a modo de plan de
acción:
La situación en el área
adyacente es incierta por el número variable de buques y países que allí
pescan, los cuales son conocidos por los
patrullajes de Armada y Prefectura, pero desconocemos los volúmenes de captura
y el respeto por las normas internacionales de pesca responsable y de los
derechos de los trabajadores, que en caso de los buques asiáticos muchas veces
son sometidos a condiciones de trabajo esclavo. Debemos monitorear esa flota y
conocer sus descargas y modos de operación.
Incrementar Vigilancia y
Control. Patrullajes con aviones y buques especializados.
En el caso del calamar
actualmente la pesca en el área adyacente posiblemente duplique la pesca en
nuestras ZEE, constituyendo una competencia desleal que destruye la economía de
la flota potera argentina.
Existe una real necesidad de
adoptar a la brevedad y antes de cualquier tipo de arreglo, medidas de
conservación el área adyacente, para eso es necesario contar con datos
científicos ciertos de la situación de los recursos.
Hemos visto que países como
España se interesan seriamente sobre la evaluación de los mismos y financian
campañas exploratorias, mientras nuestros buques de investigación están
ausentes de dicha área.
Debemos depositar el
instrumento de ratificación del Acuerdo de Nueva York aprobado por ley 25.290,
complementándolo, como está previsto en el artículo 43 del Acuerdo, con una
declaración sobre la disputa con el Reino Unido de la posesión y soberanía de
las Islas Malvinas.
No permitir el Tránsito de
mercaderías pescadas ilegalmente por el país (SENASA).
Debería existir una política
definida sobre la pesca en el Área Adyacente premiando a los buques argentinos
que vayan a pescar en dicha área por medio de incentivos que van desde el
computo de la parada biológica mientras pesquen en esa zona, hasta beneficios
como el no pago de derechos (retenciones) sobre las exportaciones de capturas
de dichas áreas y beneficios sobre los aportes previsionales mientras se opere
ahí. De esa manera podríamos competir con la flota extranjera y hacer
presencia, que será muy importante como derecho adquirido a futuro.
Referente al tratamiento a los
buques que operen en la milla 201 por fuera de acuerdo con Argentina , se
debería denegar todo acceso a puerto que no fuera por causas humanitarias,
prohibir los desembarques, trasbordos en aguas argentinas. Prohibir el uso de
los servicios portuarios como el reabastecimiento de combustible, el suministro
y las reparaciones.
Influir sobre los países que
prestan apoyo a esta flota solicitándole que se niegue apoyo a aquellos buques
que no cumplan con las normas de FAO y de la Organización Internacional del
Trabajo.
Regular la pesca en la milla
201 para buques nacionales y extranjeros.
Emitir Medidas de
conservación.
Recursos vivos bentónicos.
No pagar a los charteados
chinos reembolsos por exportaciones por puertos patagónicos.
Denuncia de la Constitución de la UE por tema Malvinas.
(NUESTROMAR), 30/01/2016
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