30 de octubre de 2012

Fueron entregadas las correcciones al REFOCAPEMM

PERSISTE EL PELIGRO DE TRANSFERENCIAS DE PERSONAL MILITAR EN ACTIVIDAD

Comentario: Está en marcha la reforma del REFOCAPEMM. Dicha modificación será para adecuar las enmiendas que se adoptaron el pasado 25.06.2010, en la Conferencia diplomática realizada en Manila. Sobre esa actualización la Autoridad se debería expedir para este fin de año.

Este tema en general suele pasar desapercibido por los marinos mercantes, aun cuando su articulado define límites de cargos en diferentes ámbitos de navegación y a su vez puede dar luz verde a situaciones que con lógica estaban vedadas. Lo anterior surge del análisis de las últimas dos modificaciones (1980 y 1994) donde hubo gremios ganadores y perdedores de espacios de trabajo, cuando no directamente de invasión de un sector a otro. Quizás por eso el tema no fue difundido por los sindicatos, quizás para no alertar a sus afiliados ante posibles pérdidas. Por ejemplo los maquinistas navales resultaron perjudicados en esas últimas dos modificaciones.


El texto que sigue a continuación esta bajado de la página de la Liga Naval Argentina, donde se comenta un punto de esas modificaciones en marcha y donde se puede apreciar claramente la incidencia del Refocapemm en nuestra vida laboral.




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El pasado jueves varios gremios de la actividad marítima entregaron las versiones corregidas del borrador de REFOCAPEMM, elaborado por la Armada Argentina. Hubo correcciones de forma y de fondo que apuntaron esencialmente a eliminar algún exceso normativo que dificultaba muchísimo el ejercicio profesional, y creaba más categorías y jerarquías profesionales que las profesionalmente aptas.
No obstante, la pretensión sobre la posibilidad que personal militar en actividad pueda acceder a los títulos profesionales de la Marina Mercante, no ha sido suprimida por el personal de la autoridad de administración del sistema encargado de la confección del REFOCAPEMM. Si bien se trata de la opinión de funcionarios de menor nivel, las aguas están repartidas en este aspecto. Por un lado, una corriente de pensamiento indica que no se le puede negar al “ciudadano militar” el derecho a acceder a una jerarquía de la Marina Mercante mediante el cursado de las materias correspondientes, ya que se le permite estudiar cualquier carrera terciaria o universitaria y la de marino mercante no debería ser una excepción. Lo que en cierto sentido es totalmente cierto.'

Ahora bien, así como por estos días la sociedad discute si un uniformado puede ejercer el derecho a huelga o a protestar como cualquier otro ciudadano, no es un hecho para dejar de lado, que la especial profesión militar debe necesariamente inhibir a quien porta el uniforme de la patria a ejercer paralelamente una profesión “parecida y diferente a la vez”.

Habilitar a un militar a adquirir la habilitación para tripular buques mercantes mientras permanece en situación de actividad, potencialmente genera graves perjuicios para las dos marinas (la mercante y la de guerra) entre las más palmarias se encuentran:

1) Una vez habilitado el militar podría potencialmente pedir su licencia reglamentaria de seis meses con goce de haberes y aprovechar este tiempo para embarcar como marino mercante, lo cual le está dando un derecho que no tiene el marino mercante puro, quien no puede embarcar en una empresa estando de licencia en otra.

2) La abismal diferencia salarial entre un profesional mercante y un militar haría estragos con acuerdos paritarios existentes, ya que teniendo el militar mientras está en actividad la prohibición de agremiarse, un oficial militar-mercante podría ser embarcado por una naviera sin respetar los acuerdos paritarios vigentes.

3) El militar mientras conserva su estado como tal y más si solo está de licencia extraordinario (y no retirado) puede ser convocado en cualquier momento para cumplir con sus obligaciones con la patria, esto podría resultar engorroso si el llamado recae en un oficial embarcado en una unidad civil sin posibilidades de pronto retorno a tierra.

4) El actual éxodo de personal militar a las filas de la Marina Mercante, de por si preocupante, se vería potenciado si se permite a un militar en actividad “tentar suerte” en la marina mercante y posteriormente decidir si regresa a su rol castrense o no.

5) Los niveles actuales de oferta y demanda laboral y la tradicional regulación entre el egreso de oficiales mercantes en base a las proyecciones del mercado local podría verse seriamente alterada si una cantidad no prevista de oficiales navales, comienza a inundar el mercado naviero, además la volatilidad de estos puestos de empleo temporario, afectarían negativamente en el mantenimiento de las unidades mercantes.

6) No hay antecedentes en el mundo de este tipo de dualidad. Es más, hay países en los que está taxativamente prohibida la transferencia de marinos entre las dos ramas de la actividad (lo que el autor de este artículo considera un tremendo error, ya que no se puede negar que buena parte de los conocimientos marinos son coincidentes).

7) Se corre el riesgo que oficiales en actividad pero alejados de las unidades navales durante muchos años (algo muy normal considerando la gran cantidad de destinos navales que nada tienen que ver con el empleo abordo) obtengan la habilitación de embarco en condiciones mucho más laxas que la que se le aplicarían a un oficial mercante con “alejamiento de la profesión”.

Estas y otras situaciones complementarias, llevarán necesariamente a la conveniencia de solicitar directamente a la AUTORIDAD DE APLICACIÓN del REFOCAPEMM, el veto liso y llano de esta posibilidad, manteniendo la misma como hasta el presente. Es decir, permitiendo al personal de BAJA o RETIRADO, acceder mediante los cursos de reconversión respectivos a las jerarquías mercantes. De no procederse de esta forma, se estaría abriendo la puerta a la generación de un peligroso precedente del que luego sería muy difícil salir.

Paradójicamente siendo que los egresados de la Escuela Nacional de Náutica son por ley y sin necesidad de ratificación alguna Guardiamarinas de la reserva, y habiendo oficiales mercantes con distintas jerarquías hasta la de capitán de fragata, recientemente para incorporar a reservistas para la plana mayor de un liceo naval, se fijó como requisito que los reservistas a presentarse sean exclusivamente egresados de liceos navales. Esta actitud no es discriminatoria; es entendible que se prefiera para cumplir tareas en un liceo naval, a un egresado de una institución similar dado que de esta forma el profesional incorporado conoce los pormenores de la actividad. De la misma forma, incorporar a un oficial a la plana mayor de un tanquero, pesquero o containero debe ser algo reservado prioritariamente para quienes se formaron para ello y no para generar un suplemento salarial de temporada. Es de esperar que las autoridades políticas de la Nación tomen debida cuenta de ello.

Enlace al articulo:   Liga Naval Argentina

Fernando C. Morales

El autor es Maquinista Naval Superior VGM , Lic. en Adm Naviera. Perito Naval, cursó la maestría en Dirección de organizaciones en el INUM. Asimísmo, es capitán de fragata de la Reserva Naval y Oficial de Estado Mayor Especial de la Armada Argentina.


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