Convenio sobre el
trabajo marítimo 2006
La comunidad marítima internacional ha adoptado medidas para
proteger a los marinos abandonados y ofrecer garantías financieras para
asegurar el pago de una indemnización en caso de muerte o de discapacidad de
larga duración.
Comentario: Seguramente quienes navegaron en la década del 80 o antes, deben
conocer (o haber sufrido en carne propia) el caso de buques/tripulantes
abandonados en el exterior y del largo calvario para volver al país.
Quizás el último caso se dio en la década del 90 cuando CAOMAR abandono a su suerte al buque y tripulación
del B/M Rioja en Cuba.
Al final de esta nota bajada de la página de OIT se encuentra el enlace
para leer el caso mencionado en el párrafo anterior.
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11 de abril de 2014
GINEBRA – Más de 300 representantes de gente
de mar, armadores y gobiernos, reunidos en la Organización Internacional del
Trabajo (OIT), adoptaron medidas concretas para proteger a los marinos
abandonados y garantías financieras para asegurar el pago de una indemnización
en caso de muerte o de discapacidad de larga duración.
“La adopción del
Convenio sobre el trabajo marítimo en 2006 fue un momento histórico que anunció
una nueva era en el sector marítimo”, declaró el Director General de la
OIT, Guy Ryder. “Este último paso, basado en la cooperación tripartita
internacional, es un ejemplo muy significativo e inspirador para otros sectores
económicos”.
“Cuando entren en vigor, estas medidas garantizarán el bienestar de la gente de mar de todo el mundo y
de sus familias en caso de abandono de los marinos, o en el caso de muerte o de
discapacidad de larga duración como consecuencia de un riesgo, una enfermedad o
un accidente relacionado con el trabajo”, agregó. “Estas medidas sin duda
contribuirán a mejorar las condiciones de trabajo y de vida de la gente de mar,
al hacer lo que es justo para los hombres y mujeres de este sector que
desempeñan un papel central en mantener activa la economía real, con alrededor
de 90 por ciento del comercio mundial transportado por buques”.
Las medidas tendrán la forma de enmiendas al Convenio sobre
el trabajo marítimo de la OIT, 2006. Adoptadas sin oposición, serán presentadas
a la Conferencia Internacional del Trabajo en mayo para su aprobación.
Las medidas fueron
elaboradas durante cerca de una década por un Grupo de Trabajo mixto
constituido por la OIT y la Organización Marítima Internacional (OMI) en 1998 y
fortalecerán el Convenio de 2006. Estas medidas imponen a los armadores la
obligación de disponer de una garantía financiera para cubrir el abandono de
los marinos, así como la muerte o la discapacidad de larga duración debido a un
accidente laboral o un riesgo profesional.
“Estas normas jurídicas proporcionarán ayuda y tranquilidad a
los marinos abandonados y a sus familias, en cualquier lugar se encuentren”,
declaró Cleopatra Doumbia-Henry, Directora del Departamento de Normas de la
OIT. “Además, al adoptar estas enmiendas al Convenio, los armadores y los
gobiernos están fortaleciendo sus disposiciones dirigidas a garantizar igualdad
de condiciones para un transporte marítimo de calidad en todo el mundo”.
Bajo las nuevas
disposiciones, los barcos deberán tener certificados u otros documentos que
establezcan la existencia de una garantía financiera para proteger a los
marinos que trabajan a bordo. El incumplimiento de esta disposición puede
implicar que el barco sea detenido en un puerto.
El Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 entró en vigor el
20 de agosto 2013. Hasta la fecha, 57 Estados miembros de la OIT, que
representan 80 por ciento del arqueo bruto de la flota mercante mundial, han
ratificado el Convenio. En marzo 2014,
la base de datos de la OIT sobre los casos notificados de la gente de mar había
registrado 159 buques mercantiles abandonados, algunos se remontan a 2006 y
están aún sin resolver.
“Estas nuevas medidas
garantizarán que los marinos no sean abandonados, solos y jurídicamente a la
deriva durante meses, sin salario, sin agua ni alimentos suficientes y lejos de
sus hogares”, señaló Cleopatra Doumbia-Henry. “Además establecerán con
claridad la responsabilidad de los Estados de pabellón de verificar que exista
una garantía financiera adecuada para cubrir el costo del abandono y el pago de
las reclamaciones de indemnización por muerte o discapacidad de larga duración
causadas por un accidente laboral o un riesgo profesional”.
Enlace a la pagina: OIT / ILO
Enlace al buque y tripulación abandonados: CAOMAR y TRIPULACION DEL BM RIOJA
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