Comentarios: un colega ironizo si para
que queremos un lugar en la OMI si no tenemos marina mercante.
Parcialmente
es cierto, nuestra marina se reduce a buques petroleros, pesqueros,
remolcadores de puertos, areneros y basta. Bueno pero ahora tenemos una Ley de
Marina Mercante y vamos a depender del Gobierno en su implementacion.
Pero además
de Marina Mercante, tenemos un extenso mar de unos 5.000 km de costas marítimas.
Ademas desde que fue aprobado por la Comisión de Límites de Plataformas Marítimas,
dependiente de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar se extendió
los derechos argentinos de 200 a 350 millas y el mar representa el 48 % del territorio
nacional.
Que
tal. Cuantos argentinos lo saben y como hacemos para que la comunidad lo sepa?. Porque es iluso que la ciudadanía defienda algo que no conoce.
Entonces
era importante tener un lugar en la OMI.
=====================================
TEXTO BAJADO DE LA PAGINA NUESTRO MAR
Argentina perdió el lugar que ocupaba desde el año 1983 en el Consejo de
la Organización Marítima Internacional (OMI). Las funciones que ejerce el
Consejo.
Durante los últimos 34 años, la República Argentina fue uno de los 40
miembros de la OMI, y formó parte del Grupo "B" de manera
ininterrumpida, junto a aquellos países con mayor interés en el transporte
marítimo internacional.
La Organización Marítima Internacional (OMI/IMO) es el organismo
especializado de las Naciones Unidas responsable de la seguridad y protección
de la navegación y de prevenir la contaminación del mar por los buques. El
pasado 1 de diciembre, la Asamblea de la Organización Marítima Internacional
eligió a los Estados Miembros de su Consejo para el bienio 2018-2019. La nueva
conformación del Consejo es la siguiente:
Categoría (a) Diez Estados con los mayores intereses en la
provisión de servicios marítimos internacionales:
China, Estados Unidos, Federación de Rusia, Grecia, Italia, Japón,
Noruega, Panamá, Reino Unido, República de Corea,
Categoría (b) Diez Estados con los mayores intereses en el comercio
marítimo internacional:
Alemania, Australia, Brasil, Canadá, Emiratos Árabes Unidos, España,
Francia, India, Países Bajos, Suecia.
Categoría (c) 20 Estados no elegidos con arreglo a lo dispuesto en a)
y b), que tengan intereses especiales en el transporte marítimo o en la
navegación y cuya integración en el Consejo garantice la representación de
todas las grandes regiones geográficas del mundo:
Bahamas, Bélgica, Chile, Chipre, Dinamarca, Egipto, Filipinas,
Indonesia, Jamaica, Kenya, Liberia, Malasia, Malta, México, Marruecos, Perú,
Singapur, Sudáfrica, Tailandia, Turquía.
Entre las funciones del Consejo de la Organización Marítima
Internacional se encuentran:
a. Examinar los proyectos
de programa de trabajo y de presupuesto preparados por el Secretario General
considerando las propuestas del Comité de Seguridad Marítima, el Comité
Jurídico, el Comité de Protección del Medio Marino, el Comité de Cooperación
Técnica, el Comité de Facilitación u otros órganos de la Organización y,
teniendo éstas presentes, establecerá y someterá a la consideración de la
Asamblea el programa de trabajo y el presupuesto de la Organización, habida
cuenta de los intereses generales y prioridades de la Organización.
b. Hacerse cargo de los
informes, propuestas y recomendaciones del Comité de Seguridad Marítima, el
Comité Jurídico, el Comité de Protección del Medio Marino, el Comité de
Cooperación Técnica, el Comité de Facilitación u otros órganos de la Organización
y, junto con sus propias observaciones y recomendaciones, los transmitirá a la
Asamblea o, si ésta no está reunida, a los Miembros, a fines de información.
c. Las cuestiones
regidas por los artículos 28, 33, 38, 43 y 48 del Convenio Constitutivo no
serán examinadas por el Consejo hasta conocer la opinión del Comité de
Seguridad Marítima, el Comité Jurídico, el Comité de Protección del Medio
Marino, el Comité de Cooperación Técnica o el Comité de Facilitación, según
proceda.
Asimismo, el Consejo podrá concertar acuerdos o arreglos referentes a
las relaciones de la organización con otras organizaciones, de conformidad con
lo dispuesto en la parte XVI. Dichos acuerdos o arreglos estarán sujetos a la
aprobación de la Asamblea.
El encargado de realizar el lanzamiento oficial de la candidatura del
país para formar parte de la categoría "B" del Consejo de la
Organización Marítima Internacional (OMI) fue el el Embajador Argentino en el
Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte nombrado en esta gestión,
Renato Carlos Sersale Di Cerisano. El acto tuvo lugar en su residencia, el
pasado 27 de julio. No se estuvo a la altura de las circunstancias y Argentina
quedó afuera de la OMI por primera vez desde el regreso de la democracia. (Mariana
Escalada - Agustin Ronconi - EL DISCENSO)
17/12/2017
Enlace a la nota de Nuestro Mar: OMI paises designados y funciones
No hay comentarios:
Publicar un comentario