29 de enero de 2018

Preocupación armatorial por posible flexibilización de los waivers con el nuevo decreto 27/2018



            Comentarios. Es tan clara la preocupación de los armadores como alarmante la ausencia de los gremios del sector.

            "Los cargadores ya le tomaron el gusto a los waivers para cargar en tercera bandera, porque es más barato que hacerlo en buques de bandera argentina. Las petroleras ya lo están haciendo, y la excepción, si se convierte en regla, podríamos estar ante el fin de la flota de cabotaje", advirtieron.

            Es curiosa la presencia del Redactor/Autor del Decreto 1772/92, cuando se está cuestionando el Artículo 33 del DNU 27/2018. Estará perfeccionando su nefasto decreto de la década del 90?




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A continuación texto publicado por TRADE NEWS.

La Federación de Empresas Navieras Argentinas (FENA) le solicitó una audiencia al subsecretario de Puertos y Vías Navegables, Jorge Metz, para tratar los alcances del decreto 27/2018 que introdujo cambios tendencias a desburocratizar procesos y simplificar la operatoria, y que alcanza la actividad marítima.

"Compartimos plenamente los objetivos de dotar de una mayor celeridad, dinamismo y eficiencia a la gestión pública, y consecuentemente un importante ahorro en el gasto público e incentivos a la inversión, a la productividad, el empleo y la inclusión social", destaca la misiva.

No obstante, explican que el artículo 33 del decreto en cuestión modifica el artículo 6° del decreto ley 19.492, donde se prevé un régimen de excepción para aquellos casos en que, por circunstancias excepcionales, no sea posible abastecer de artículos de primera necesidad una zona costera o cumplir un contrato, por no haber disponibilidad de buques argentinos en condiciones de prestar el servicio.

"En tales circunstancias se autoriza al Poder Ejecutivo para otorgar permiso precario a barcos extranjeros para realizar dichos servicios, en tanto subsistan las citadas circunstancias de fuerza mayor", añade la carta.

En rigor, el mega decreto explicitaba que el trámite era "sumamente burocrático" y que la autoridad de aplicación no cuenta con un procedimiento de "seguimiento de las tareas efectuadas por el buque exceptuado". Y se facultó así a la autoridad de aplicación para reglamentar el procedimiento y delegar la autorización a quien designe.

"Es necesario enfatizar que debe ser prioritario que ello no se traduzca en perjuicios a los armadores nacionales facilitando la participación de buques extranjeros en el cabotaje nacional, en contradicción con el espíritu de la ley", señala FENA.

Preocupación

Fuentes del sector armatorial señalaron que, de no debatirse en la reglamentación, podría abrirse el camino a una "flexibilización mayor que la actual para autorizar los waivers", bajo el pretexto, bien intencionado no obstante, de agilizar los trámites.

En tanto, otros con mayores reparos, indicaron que "como viene la mano no va a ser necesario un segundo registro ya que, poniendo los barcos en banderas de conveniencia, se podría intervenir en el cabotaje con las excepciones contempladas en el artículo 6°".

"Los cargadores ya le tomaron el gusto a los waivers para cargar en tercera bandera, porque es más barato que hacerlo en buques de bandera argentina. Las petroleras ya lo están haciendo, y la excepción, si se convierte en regla, podríamos estar ante el fin de la flota de cabotaje", advirtieron.

Es más, señalan que se explicita una "contradicción" en la flamante ley de marina mercante recientemente aprobada que ratifica la ley de cabotaje con el "intento de flexibilización" que esconde el mega decreto.

FENA es la federación que agrupa a la Cámara Naviera Argentina (CNA), la Cámara de Armadores de Bandera Argentina (Carba), la Asociación Cámara Argentina de Empresas Navieras y Armadoras (Caena) y la Cámara de Armadores de Remolcadores (CAR). (TRADE NEWS).  25.01.2018


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