Comentarios. Es
tan clara la preocupación de los armadores como alarmante la ausencia de los gremios del
sector.
"Los
cargadores ya le tomaron el gusto a los waivers para cargar en tercera bandera,
porque es más barato que hacerlo en buques de bandera argentina. Las petroleras
ya lo están haciendo, y la excepción, si se convierte en regla, podríamos estar
ante el fin de la flota de cabotaje", advirtieron.
Es
curiosa la presencia del Redactor/Autor del Decreto 1772/92, cuando se está
cuestionando el Artículo 33 del DNU 27/2018. Estará perfeccionando su nefasto decreto
de la década del 90?
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A continuación texto publicado por TRADE NEWS.
La Federación de Empresas Navieras Argentinas (FENA) le solicitó una
audiencia al subsecretario de Puertos y Vías Navegables, Jorge Metz, para
tratar los alcances del decreto 27/2018 que introdujo cambios tendencias a
desburocratizar procesos y simplificar la operatoria, y que alcanza la
actividad marítima.
"Compartimos plenamente los objetivos de dotar de una mayor
celeridad, dinamismo y eficiencia a la gestión pública, y consecuentemente un
importante ahorro en el gasto público e incentivos a la inversión, a la
productividad, el empleo y la inclusión social", destaca la misiva.
No obstante, explican que el artículo 33 del decreto en cuestión
modifica el artículo 6° del decreto ley 19.492, donde se prevé un régimen de
excepción para aquellos casos en que, por circunstancias excepcionales, no sea
posible abastecer de artículos de primera necesidad una zona costera o cumplir
un contrato, por no haber disponibilidad de buques argentinos en condiciones de
prestar el servicio.
"En tales circunstancias se autoriza al Poder Ejecutivo para
otorgar permiso precario a barcos extranjeros para realizar dichos servicios,
en tanto subsistan las citadas circunstancias de fuerza mayor", añade la
carta.
En rigor, el mega decreto explicitaba que el trámite era "sumamente
burocrático" y que la autoridad de aplicación no cuenta con un
procedimiento de "seguimiento de las tareas efectuadas por el buque
exceptuado". Y se facultó así a la autoridad de aplicación para
reglamentar el procedimiento y delegar la autorización a quien designe.
"Es necesario enfatizar que debe ser prioritario que ello no se
traduzca en perjuicios a los armadores nacionales facilitando la participación
de buques extranjeros en el cabotaje nacional, en contradicción con el espíritu
de la ley", señala FENA.
Preocupación
Fuentes del sector armatorial señalaron que, de no debatirse en la
reglamentación, podría abrirse el camino a una "flexibilización mayor que
la actual para autorizar los waivers", bajo el pretexto, bien intencionado
no obstante, de agilizar los trámites.
En tanto, otros con mayores reparos, indicaron que "como viene la
mano no va a ser necesario un segundo registro ya que, poniendo los barcos en
banderas de conveniencia, se podría intervenir en el cabotaje con las
excepciones contempladas en el artículo 6°".
"Los cargadores ya le tomaron el gusto a los waivers para cargar en
tercera bandera, porque es más barato que hacerlo en buques de bandera
argentina. Las petroleras ya lo están haciendo, y la excepción, si se convierte
en regla, podríamos estar ante el fin de la flota de cabotaje", advirtieron.
Es más, señalan que se explicita una "contradicción" en la
flamante ley de marina mercante recientemente aprobada que ratifica la ley de
cabotaje con el "intento de flexibilización" que esconde el mega
decreto.
FENA es la federación que agrupa a la Cámara Naviera Argentina (CNA), la
Cámara de Armadores de Bandera Argentina (Carba), la Asociación Cámara
Argentina de Empresas Navieras y Armadoras (Caena) y la Cámara de Armadores de
Remolcadores (CAR). (TRADE NEWS). 25.01.2018
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