Comentarios: un colega aporta una nota
sobre el practicaje en el rio Paraná.
Además
de compartir su posición debemos insistir en la necesidad de la presencia de buques
con bandera argentina en los tráficos fluvial y marítimo.
Al respecto y aunque para algunos sea un tema urticante, es necesario recordar que hace unos años y gracias a la acción del SOMU, se recupero transitoriamente el tráfico de productos congelados de exportación de los puertos del sur argentino. Seguramente en algún momento de menos complicaciones salariales y de convenios, los sindicatos volverán sobre estos temas.
Imagen de la publicacion de la BCR
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Texto del colega planteando el problema.
Lamentablemente los argentinos, nuevamente perdemos soberanía sobre
nuestros ríos. A las autoridades no les importa, a los sindicalistas del sector
marítimo que deberían proteger las fuentes de trabajo Argentino, tampoco. Nada
hacen al respecto.
La Constitución Argentina en su artículo 26 es bien clara "La
navegación de los ríos interiores de la Nación es libre para todas las
banderas, CON SUJECIÓN UNICAMENTE A LAS REGLAMENTACIONES QUE DICTE LA AUTORIDAD
NACIONAL". (1)
Todo buque de eslora superior a 120 mts debe llevar Práctico Argentino
en zona de practicaje obligatorio (reglamento de practicaje). Actualmente
varios buques de bandera Paraguaya de eslora superior a 120 mts, lograron
mediante amparos en la justicia argentina, que los dejen navegar sin embarcar
prácticos argentinos. Los armadores exponen el argumento de la "libre
navegación" expresada en el "Tratado de Libre Navegación" entre
Paraguay y Argentina 1967. Olvidan citar, el artículo 1ro del tratado. "libre
navegación entre Argentina y Paraguay en IGUALDAD DE CONDICIONES"
Es decir, las mismas condiciones que se le aplican a buques de bandera
argentina, son aplicables a buques de bandera paraguaya.
Algunos pensarán...es problema de los prácticos, pero no es así. Con el
mismo argumento los armadores de remolcadores de bandera boliviana pedirán amparo
en la justicia argentina para NO subir baqueanos argentinos, "libre
navegación" entre los países parte del "Acuerdo de la Hidrovía Paraná/Paraguay"
en Argentina Ley 24.385 (2). Bolivia es miembro parte del Acuerdo. Es difícil
esperar que los gobernantes de nuestro país que desde hace décadas no le dan
importancia a nuestro mar, Antártida, y a nuestros ríos, tomen el tema con la
importancia que merece. Pero al menos, los propios navegantes y sus
representantes sindicales debieran iniciar acciones legales ante la justicia,
ante organismos internacionales, vía cancillería, poner el tema en la agenda
pública que desconoce todo lo relativo a la actividad marítima. Es obligación
de los sindicalistas del sector marítimo proteger las fuentes de trabajo,
anticiparse a los problemas y no llorar luego cuando ya es tarde y los colegas
se quedan sin trabajo y Todos los Argentinos sin soberanía en nuestros ríos, en
nuestro territorio nacional. Lamentable.
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