Síntesis del contenido de la prórroga.
o Extender, hasta el 31 de diciembre de 2021, la prórroga de todos los títulos y certificados que hayan vencido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2020 inclusive;
o Prorrogar, hasta el 31 de diciembre de 2021, todos los títulos y certificados que hayan vencido entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2021, inclusive;
o Otorgar prórroga por el término de SEIS (6) meses desde la fecha de su vencimiento a todos los títulos y certificados cuyo vencimiento sea entre los días 1° de julio y 31 de diciembre de 2021, inclusive.
Documento
en DRIVE: IMO prórroga
PNA: Disposición 486/2021
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